REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO GARCÍA DE HEVIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
La Fría, 14 de febrero de 2014.-
203º y 154º
SOLICITUD N° 14.694.-
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
Parte Oferente: ANDERSSON JOEL ORTIZ MACHADO, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-19.035.680, residenciado en el Municipio Campo Elías del Estado Mérida. Actuando en beneficio de su hijo XX.
Parte Oferida: ANDREA TUMBACO CAMPOS, venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V-18.446.446, residenciada en la calle 7, La Fría, Municipio García de Hevia, Estado Táchira.
Motivo de la causa: Ofrecimiento de Obligación de Manutención.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
DE LA DEMANDA
En fecha 04 de febrero de 2014, los ciudadanos ANDERSSON JOEL ORTIZ MACHADO y ANDREA TAMBACO CAMPOS, realizaron un Convenimiento el cual dice textualmente lo siguiente: “PRIMERO: El ciudadano ANDERSSON ORTIZ, propone incrementar la Obligación de Manutención a Bs. 1.300 mensuales, los cuales deberán ser depositados en la cuenta de ahorro correspondiente en una sola cuota los días 20 de cada mes, iniciando el aumento para el mes de marzo de 2014 y la ciudadana ANDRA TUMBACO, así lo acepta. SEGUNDO: El ciudadano ANDERSSON ORTIZ expresa que no pudo cumplir con los gastos navideños de su menor hijo pero que la señora Andrea le expresó la necesidad de un aire acondicionado para su hijo, petición a la cual accede y se compromete a entregarlo para el día viernes 14 de febrero de 2014, el cual será de una unidad de 12.000 BTU y con eso sufragará la deuda de diciembre y la ciudadana ANDREA TUMBACO, así lo acepta”.
En consecuencia, vista el CONVENIMIENTO, celebrado entre las partes, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. Expídase copia certificada de la presente SENTENCIA INTERLOCUTORIA para el archivo de este Tribunal.
EL Juez Provisorio,


Abg. Ángel Alberto Otero Eslava
La Secretaria,

Abg. Thais K. González S.

AAOE/TKGS/Roselyn.-