REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control Nº 02
Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda
Con sede en la ciudad de Los Teques
Los Teques, 08 de julio de 2014
204° y 155°

Juez: Dr. Ricardo Rangel Avilés.-
Fiscal Auxiliar de Flagrancias del Ministerio Público: Abg. Katherine Azuaje.-
Defensa Pública: Abg. Mercedes Flores.-
Imputado: Armando Manuel Hidalgo Medina, titular de la cedula de identidad N° V-21.258.870.-
Secretaria: Abg. Karla García.-
Delito: Uso Indebido de Facsímil, previsto y sancionado en el artículo 114 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones.-


DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se califica flagrante la aprehensión del ciudadano Armando Manuel Hidalgo Medina, titular de la cedula de identidad N° V-21.258.870, por encontrarse llenos los extremos establecidos en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal y de conformidad con lo establecido en el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.-
SEGUNDO: Se acuerda que la presente causa se ventile por los tramites del procedimiento especial para el juzgamiento de los delitos menos graves, contenido en los artículos 354 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal.-
TERCERO: Se decreta medida cautelar sustitutiva al ciudadano Armando Manuel Hidalgo Medina, titular de la cedula de identidad N° V-21.258.870, Nacionalidad: Venezolana, natural de San Carlos, Edo. Cojedes, de 22 años de edad, fecha de nacimiento: 01/03/1992, estado civil: soltero, ocupación: Ayudante de Albañil, residenciado en: La Carretera Vieja Caracas-Los Teques, Sector El Chorrito, en las escaleras que se encuentran frente a la Gallera, Cuarta Casa a Mano Derecha, estado Miranda, Teléfono: 0414-1572950; contenida en el artículo 242 en sus numerales 3 y 9, las cuales consisten en: 1.- Las presentaciones periódicas por ante este Tribunal cada quince (15) días y 2.- La Prohibición de reincidir en delitos de la misma índole, por la presunta comisión del delito de Uso Indebido de Facsímil, previsto y sancionado en el artículo 114 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones.-
Líbrese oficio y Boleta de Excarcelación al órgano aprehensor, con respecto al imputado Armando Manuel Hidalgo Medina, titular de la cedula de identidad N° V-21.258.870.-
Líbrese oficio dirigido a la Oficina de Alguacilazgo a los fines de que el ciudadano Armando Manuel Hidalgo Medina, titular de la cedula de identidad N° V-21.258.870, sea incluido en el sistema de capta huella para su presentación.-
Quedaron notificadas las partes en la audiencia respectiva, de conformidad con el encabezado del artículo 159 ejusdem.-
Regístrese, publíquese y déjese copia. Cúmplase.-
El Juez


Dr. Ricardo Rangel Avilés La Secretaria

Abg. Karla García

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Así lo certifico.-
La Secretaria

Abg. Karla García

RRA/KG/oars
Causa: 2C15339-14