REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, 06 de junio del 2014.
203º 155º
Cumplida como ha sido la inspección judicial solicitada por el abogado en ejercicio, ciudadano ERICK BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.911.620, inscrito en el Instituto de Previsión Social No. 78.414, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MERCEDES YOLANDA BARRIOS DE LEON, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. 4.054.760, domiciliada en Valencia Estado Carabobo, practicada en un inmueble ubicado en la calle Unión, Sector La Mata, Jurisdicción del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda del Estado Bolivariano de Miranda, en tal virtud, habiéndose efectuado con todas las formalidades de Ley, se ordena la devolución del expediente No. 12-5353 al solicitante, constante de treinta y nueve (39) folios útiles. En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria,
Abg. Lesbia Moncada de Picca
SOLICITUD N° 12-5353
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