REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 19 de Junio de 2014
203° y 155°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita por la ciudadana ALBA MARIELA NATERA, titular de la cédula de identidad Nro. 4.842.762, asistida por la abogada BELKYS COROMOTO GOMEZ ESCALONA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 155.124, así como las actas levantadas por éste Juzgado, en las cuales rinden declaraciones los ciudadanos JOHANA ORNELLY CORONA FAJARDO Y JOSÉ FRANCISCO PEREZ CANELON, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 14.059.166 Y 5.452.807, respectivamente. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, decreta las mismas TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de la ciudadana ALBA MARIELA NATERA, titular de la cédula de identidad Nro. 4.842.762, para asegurar los derechos que tenga dicha ciudadana en la Sucesión de la ciudadana CARMEN NATERA, quien falleció en fecha 11 de Febrero de 2014, en su carácter de causahabiente de la prenombrada causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse en original las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
LA JUEZ TITULAR
DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
LA SECRETARIA
ABG. CRISTINA ROQUE
S-N° 3419/2014
JVA/cr/ad.-
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