REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
 
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
 
 
 
 
San Antonio de Los Altos, 4 de junio de 2014
 
                     204°    y    155°
 
 
 
 
Recibido como ha sido el presente escrito de Solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentado por los ciudadanos José Ignacio Guzmán y Gladys Paulina Martínez de Guzmán, asistidos por la abogada Milagros Coromoto Guzmán Martínez, titular de la Cédula de Identidad NRO      V-8.678.826, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 49.910, así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos JOSÉ IGNACIO GUZMÁN y GLADYS PAULINA MARTÍNEZ de GUZMÁN, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad NROS 628.227 y 628.775, en su orden, en su carácter de causahabientes quienes son padres del causante, ciudadano JOSÉ IGNACIO GUZMÁN MARTÍNEZ, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 16.146.331 y quien falleció en fecha veinticinco (25) de mayo de dos mil catorce (2014), tal como se desprende de Acta de Defunción Nº 104, Folio N° 104, Tomo 1, de fecha 27/05/2014 emitida por el Registro Civil del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
 
 
LA JUEZA TITULAR,
 
 
 
          	    EL SECRETARIO TITULAR,
 
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ             
 
                                       				   	                                     
 
              
 
                MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ
 
 
 
 
 
 
Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
 
                 EL SECRETARIO
 
 
 
 
Expediente N°: 
 
LCH / MMI / jge
 
 
 
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