REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA










JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA



San Antonio de Los Altos, 4 de junio de 2014
204° y 155°



Recibido como ha sido el presente escrito de Solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentado por los ciudadanos José Ignacio Guzmán y Gladys Paulina Martínez de Guzmán, asistidos por la abogada Milagros Coromoto Guzmán Martínez, titular de la Cédula de Identidad NRO V-8.678.826, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 49.910, así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos JOSÉ IGNACIO GUZMÁN y GLADYS PAULINA MARTÍNEZ de GUZMÁN, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad NROS 628.227 y 628.775, en su orden, en su carácter de causahabientes quienes son padres del causante, ciudadano JOSÉ IGNACIO GUZMÁN MARTÍNEZ, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 16.146.331 y quien falleció en fecha veinticinco (25) de mayo de dos mil catorce (2014), tal como se desprende de Acta de Defunción Nº 104, Folio N° 104, Tomo 1, de fecha 27/05/2014 emitida por el Registro Civil del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.

LA JUEZA TITULAR,


EL SECRETARIO TITULAR,
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ


MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ





Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO



Expediente N°:
LCH / MMI / jge