REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control N° 02
Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda
con sede en la ciudad de Los Teques

Los Teques, 30 de junio de 2014.-
204º y 155º

Juez Profesional: Dr. Ricardo Rangel Avilés.-
Fiscal: Fiscalía Segundo del Ministerio Público
Abogados Asistentes de la parte Querellante: Abgs. Adelso Enrique Polanco y José Francisco Corro Pereira.-
Querellado: Nelio Meneses De Sousa.-
Querellante: Rosely Karina Pacheco Quintero.-
Secretaria: Abg. Karla Waleska García.-
Delito: No Indicado.-

Decisión:
Por los razonamiento anteriormente expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, ORDENA a la ciudadana Rosely Karina Pacheco Quintero, titular de la cédula de identidad N° V-15.914.007, completar los requisitos del escrito de querella interpuesto por ante este Tribunal en fecha 11/04/2004, para lo cual se le concede un plazo de tres (3) días siguientes a su notificación, conforme al contenido del artículo 278 en su segundo aparte del Código Orgánico Procesal Penal.-
Líbrese la correspondiente boleta de notificación conforme al contenido del único aparte del artículo 159 de nuestra norma adjetiva pena.-
El Juez

Dr. Ricardo Rangel Avilés La Secretaria

Abg. Karla Waleska García
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Así lo certifico.-
La Secretaria

Abg. Karla Waleska García


Causa: 2C-14799-14
RRA/KWG/rr