REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 24 de marzo de 2014
203° y 155°
Visto como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por el ciudadano ANDRES AVELINO ROSAS ROLON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 6.916.622, debidamente asistido por la abogada Olivia Margarita Chang, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 23.242; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO al ciudadano ANDRES AVELINO ROSAS ROLON, antes identificado; en su carácter de causahabiente del ciudadano ANDRES AVELINO ROSAS NASH, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 1.852.900, quien falleció en fecha 9 de enero de 2014, tal como se desprende de Acta de Defunción Nº 473, emitida por el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño, del estado Aragua; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR
EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ
Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO
Expediente N°: S-2014-030
LCH / MMI / hep