REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 28 de marzo de 2014
203º y 155°
Visto como ha sido el presente escrito de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, presentado por los ciudadanos JOHANA ANDREINA ACOSTA ARAUJO y VICTOR RANGEL GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad NROS 18.539.051 y 26.861.455, respectivamente, asistidos por la abogada Julia Nereida Ulpino Hidalgo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 140.250, este Tribunal Decreta la SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los cónyuges en los mismos términos expuestos en su escrito; en aplicación a lo previsto en el Parágrafo Primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 188 y 189 del Código Civil; y conforme a la Resolución N° 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público con arreglo a lo dispuesto en el artículo 196 del texto sustantivo civil, anexándole copia certificada del escrito y del presente decreto, a los fines de que actúe en el procedimiento como parte de buena fe.
LA JUEZA TITULAR
EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ
Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado en el presente decreto.
EL SECRETARIO
Expediente N°: S-2014-056
LCH / MMI / hep