REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO EXTENSIÓN BARLOVENTO

CAUSA: 1U 1137-12
JUEZ: Abg. MARCO ANTONIO GARCIA G.
FISCAL: Abg. ENMY DELGADO ESCLANTE, Fiscal 21º del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
VICTIMA: IDENTIDAD OMITIDA
ACUSADO: OSWALDO JOSE TIRAJARA COLINA
DEFENSA: Abg. YOSMAR HERNANDEZ (Defensora Pública).
SECRETARIA: Abg. YELITZA SUAREZ

En fecha 06 de noviembre del año 2013, se dio inicio a la Apertura del Juicio Oral y Público en la presente causa, seguida en contra del ciudadano acusado OSWALDO JOSE TIRAJARA COLINA, titular de la cédula de identidad V-6.906.626, a quien se le sigue causa por la presunta comisión del delito de: ABUSO SEXUAL CON PENETRACION VIA VAGINAL A NIÑA, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente en perjuicio de la niña IDENTIDAD OMITIDA y se fijó su continuación para el día 13-11-2013 a las 09:30 horas de la mañana.-
En fecha 13-11-2013, se constituyó el Tribunal Primero de Juicio en la sala de audiencias en presencia de las partes dándose efectivamente la continuación del Juicio, siendo incorporado órganos de prueba promovido por las partes en la presente causa, siendo suspendido la continuación del mismo para el día Miércoles 20-11-2013, a las 9:30 horas de la mañana, quedando todos debidamente notificados ordenándose librar Boleta de Traslado.
En fecha 20-11-2013, se constituyó nuevamente el Tribunal Primero de Juicio en la sala de audiencias en presencia de las partes dándose efectivamente la continuación del Juicio, siendo incorporado órganos de prueba promovido por las partes en la presente causa, siendo suspendido la continuación del mismo para el día Miércoles 27-11-2013, a las 9:30 horas de la mañana, quedando todos debidamente notificados ordenándose librar Boleta de Traslado.
En fecha 27-11-2013, se constituyó el Tribunal Primero de Juicio en la sala de audiencias en presencia de las partes dándose efectivamente la continuación del Juicio, siendo incorporado órganos de prueba promovido por las partes en la presente causa, siendo suspendido la continuación del mismo para el día Miércoles 04-12-2013, a las 9:30 horas de la mañana, quedando todos debidamente notificados ordenándose librar Boleta de Traslado.
En fecha 04-12-2013, no pudo darse continuación al Juicio Oral en la presente causa en virtud de no haber comparecido órganos de prueba promovidos por las partes para ser debatidos en audiencia, por lo que, se fijó su continuación para el día 18-12-2013 a las 9:00 horas de la mañana. Se ordenó librar Boletas de Notificación a las partes y Boleta de Traslado.

En fecha 18-12-2013, no pudo darse continuación al Juicio Oral en la presente causa en virtud de no haber comparecido órganos de prueba promovidos por las partes para ser debatidos en audiencia, por lo que, se fijó su continuación para el día 20-12-2013 a las 9:00 horas de la mañana. Se ordenó librar Boletas de Notificación a las partes y Boleta de Traslado.

En fecha 20-12-2013, se constituyó nuevamente el Tribunal Primero de Juicio en la sala de audiencias en presencia de las partes dándose efectivamente la continuación del Juicio, siendo incorporado órganos de prueba promovido por las partes en la presente causa, siendo suspendido la continuación del mismo para el día Miércoles 15-01-2014, a las 10:00 horas de la mañana, quedando todos debidamente notificados ordenándose librar Boleta de Traslado.
En fecha 15-01-2014, no se constituyo el Tribunal, por cuanto no hubo Traslado del acusado, y se fijó su continuación para el día 21-01-2014 a las 9:00 horas de la mañana. Se ordenó librar Boletas de Notificación a las partes y Boleta de Traslado.
En fecha 21-01-2014, se constituyó nuevamente el Tribunal Primero de Juicio en la sala de audiencias en presencia de las partes dándose efectivamente la continuación del Juicio, siendo incorporado órganos de prueba promovido por las partes en la presente causa, siendo suspendido la continuación del mismo para el día Miércoles 11-02-2014, a las 10:00 horas de la mañana, quedando todos debidamente notificados ordenándose librar Boleta de Traslado.
En fecha 11-02-2014, se constituyó nuevamente el Tribunal Primero de Juicio en la sala de audiencias en presencia de las partes dándose efectivamente la continuación del Juicio, siendo incorporado órganos de prueba promovido por las partes en la presente causa, siendo suspendido la continuación del mismo para el día Miércoles 25-02-2014, a las 10:00 horas de la mañana, quedando todos debidamente notificados ordenándose librar Boleta de Traslado.
En fecha 25-02-2014, no pudo darse continuación al Juicio Oral en la presente causa en virtud de no haber comparecido órganos de prueba promovidos por las partes para ser debatidos en audiencia, por lo que, se fijó su continuación para el día 11-03-2013 a las 9:00 horas de la mañana. Se ordenó librar Boletas de Notificación a las partes y Boleta de Traslado.

En fecha 11-03-2014, no se constituyo el Tribunal, por falta de comparecencia de órganos de prueba y por cuanto no hubo traslado del acusado, siendo este el día decimosexto (16) sin que se le haya dado continuidad al debate, en consecuencia se declara interrumpido el debate oral.
El Artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal, dispone lo siguiente:
“… Si el debate no se reanuda a más tardar al décimo sexto día después de la suspensión, se considerará interrumpido y deberá ser realizado de nuevo, desde su inicio…”
Ahora bien de conformidad a lo previsto en el artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal. Así tenemos que de acuerdo al principio de Concentración los Jueces deben continuar con los Juicios suspendidos dentro de un lapso no mayor de dieciséis (16) días. Así tenemos que en la presente causa, en fecha 11-03-2014 ha operado LA INTERRUPCION DEL DEBATE ORAL Y PÚBLICO.

En virtud de lo antes expuesto y conforme a lo establecido en los artículos 26 y 257 de la Constitución de La República Bolivariana de Venezuela, El Tribunal Declara INTERRUMPIDO EL DEBATE, en la presente causa, en consecuencia se REPONE la misma al estado de fijar nueva fecha para la realización del Juicio Oral y Público desde su inicio, en virtud de haberse agotado el lapso de tiempo de dieciséis (16) días previstos en el artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal, para que opere la Interrupción del juicio. Y ASÍ SE DECIDE.


PARTE DISPOSITIVA

Con fundamento a las razones de hecho y de derecho antes analizadas, este Juzgado Primero en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento con sede en la ciudad de Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que confiere la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: DECLARA INTERRUMPIDO EL DEBATE DEL JUICIO ORAL en la presente causa, seguida en contra del ciudadano acusado: OSWALDO JOSE TIRAJARA COLINA, titular de la cédula de identidad V-6.906.626, a quien se le sigue causa por la presunta comisión del delito de: ABUSO SEXUAL CON PENETRACION VIA VAGINAL A NIÑA, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente en perjuicio de la niña IDENTIDAD OMITIDA, en virtud de haberse agotado en esta misma fecha el lapso de tiempo de dieciséis (16) días previstos en el artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal, para que opere la Interrupción del juicio. En consecuencia se repone la causa al estado del inicio del Juicio Oral. Notifíquese a las partes. Se fija nuevamente la Apertura del Juicio Oral y Público para el día martes ocho (08) de abril de 2014, a las 9:00 de la mañana.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en la ciudad de Guarenas, al los once (11) días del mes de marzo de dos mil catorce (2014). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación. Publíquese, diarícese y regístrese -
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO (T)

ABG. MARCO ANTONIO GARCIA LA SECRETARIA
Abg. YELITZA SUAREZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA

Abg. YELITZA SUAREZ
Causa N°: 1U 1103-12
MAGG/YS.-