REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA









JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA



San Antonio de Los Altos, 20 de mayo de 2014
204° y 155°


Recibido como ha sido el presente escrito de Solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentado por el abogado LENDRY WADDY MEJÍAS SALINAS, actuando en nombre propio y en representación de su señora madre y hermanos, ciudadanos MARÍA LETICIA SALINAS de MEJÍAS, JOSÉ LEANDRO MEJÍAS SALINAS, YRAIMA MEJIAS SALINAS y LENEN MEJÍAS SALINAS, así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos MARÍA LETICIA SALINAS de MEJÍAS, LENDRY WADDY MEJÍAS SALINAS, JOSÉ LEANDRO MEJÍAS SALINAS, YRAIMA MEJÍAS SALINAS y LENEN MEJÍAS SALINAS, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad NROS 1.533.074, 6.144.002, 5.564.407, 5.971.722 y 11.195.909, respectivamente, en su carácter de causahabientes quienes son esposa e hijos del causante, ciudadano JOSÉ LEANDRO MEJÍAS, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 1.259.218, y quien falleció en fecha tres (3) de marzo de dos mil catorce (2014), tal como se desprende de Acta de Defunción Nº 032, Folio N° 032, de fecha 6/3/2014 emitida por el Registro Civil del Municipio Carrizal del estado Bolivariano de Miranda; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase al solicitante en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.

LA JUEZA TITULAR,


EL SECRETARIO TITULAR,
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ


MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ




Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO



Expediente N°: S-2014-071
LCH / MMI / jge




Quien suscribe, MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ, Secretario Titular del Juzgado de Municipio del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, por medio de la presente Certifica: que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original, relativo al Decreto de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS cursante al folio 18 del expediente signado con el Nº S-2014-071; otorgado por este Tribunal a los ciudadanos MARÍA LETICIA SALINAS de MEJÍAS, LENDRY WADDY MEJÍAS SALINAS, JOSÉ LEANDRO MEJÍAS SALINAS, YRAIMA MEJÍAS SALINAS y LENEN MEJÍAS SALINAS, en su carácter de causahabientes, quienes son esposa e hijos del causante, ciudadano JOSÉ LEANDRO MEJÍAS. Certificación que se hace de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código Procedimiento Civil. En San Antonio de Los Altos, a los veinte (20) días del mes de mayo del año dos mil catorce (2014).

EL SECRETARIO


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MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ


MMI / jge