REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA










JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA



San Antonio de Los Altos, 30 de mayo de 2014

204° y 155°



Vistas la solicitud y documentación presentadas por los ciudadanos José Rafael González González e Isabel María Cisneros de González, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad NROS 953.240 y 2.797.099 respectivamente, asistidos por la abogada María Isabel González Cisneros, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.975.410 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 143.197, y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados por los solicitantes; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos JOSÉ RAFAEL GONZÁLEZ GONZÁLEZ e ISABEL MARÍA CISNEROS de GONZÁLEZ, antes identificados, sobre las mejoras y bienhechurías constituidas por una vivienda unifamiliar con un área total de construcción de aproximadamente CIENTO TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON OCHENTA DECÍMETROS CUADRADOS (138,80 Mtrs2). Que en la presente declararon los solicitantes haber construido sobre un lote de terreno de su propiedad, ubicado en la Hacienda San Luís, Sector “El Pozo”, calle principal San Luís, Jurisdicción del Municipio Los Salias del estado Bolivariano de Miranda. Que les pertenece según consta en Documento de Propiedad debidamente Protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Los Salias del Estado Miranda en fecha dos (02) de diciembre de mil novecientos noventa y tres (1993), quedando registrado bajo el Número 49, Protocolo Primero, Tomo 11; y en Documento de Aclaratoria protocolizado ante el Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda en fecha seis (6) de septiembre de dos mil doce (2012), quedando registrado bajo el Número 30, Folio 226, Tomo 12, Protocolo de Transcripción; cuyos linderos y medidas constan en autos. Que la referida parcela de terreno tiene una superficie aproximada de MIL NOVENTA METROS CUADRADOS CON TREINTA Y UN DECÍMETROS CUADRADOS (1.090,31 Mtrs2), y se encuentra aforado por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del estado Miranda bajo el Nº 0006303.

Devuélvase a los solicitantes en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.

Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.

LA JUEZA TITULAR,

EL SECRETARIO TITULAR,
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ

MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ







Se deja constancia de que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.

EL SECRETARIO





Expediente Nº: S-2014-086
LCH / MMI / jge