REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTÓBAL ROJAS Y URDANETA.

JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR EXP. Nº 1487-12

JUEZ: Dra. JOSEFINA GUTIERREZ.
IMPUTADO: IDENTIDAD PROTEGIDA.
ACUSADOR: Dr. MANUEL ORANGEL BERNAL HERRERA. FISCAL AUXILIAR DÉCIMO SÉPTIMO DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY.
DEFENSOR PÚBLICO: Dr. JOSE TRUJILLO. DEFENSOR PÚBLICO 1º ADSCRITO A LA UNIDAD DE DEFENSA PÚBLICA DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DE ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA – EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
SECRETARIO TEMPORAL: Abg. JUAN BLANCO MUÑOZ.

En el día de hoy, CINCO (05) de MAYO de dos mil catorce (2014), siendo las once de la mañana (11:00 am), oportunidad legal fijada para la celebración de la Audiencia Preliminar convocada por este Juzgado, actuando en función de Control de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 666 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con motivo de la acusación formulada por la Fiscalía 17ma del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en contra del imputado: IDENTIDAD PROTEGIDA. La Acusación antes referida es por la imputación del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el artículo 218 del Código Penal, que hace la Fiscalía del Ministerio Público en contra del adolescente antes identificado. Se dio inicio a la presente Audiencia Oral; por lo que la ciudadana Juez pidió al Secretario Temporal verificar la presencia de las partes, por lo cual se llamaron a cada una de ellas por sus nombres y condición dentro del proceso: Dr. Manuel Bernal, Fiscal Auxiliar 17° del Ministerio Público, mas no así el imputado de autos ni su Defensor, por lo que este Tribunal considera prudente otorgar un lapso de espera. Seguidamente comparece la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, representante del imputado quien expone: “Cumplo con informarle al Tribunal que mi hijo actualmente se encuentra detenido por la Guardia Nacional y por ello no puede asistir hoy a su Audiencia Preliminar, es todo”.- En virtud a la anterior exposición el Tribunal procede a solicitar de la vindicta pública presente en sala la verificación de la información suministrada por la referida ciudadana y en este sentido, fue ratificado por el representante del Ministerio Público que efectivamente el adolescente IDENTIDAD PROTEGIDA, se encuentra a la orden de esa Fiscalía por uno de los delitos contemplados en la Ley Orgánica de Drogas y que será presentado el día de hoy el procedimiento por flagrancia. En virtud a todo lo anterior, considera este Tribunal que lo mas prudente es DIFERIR el acto de Audiencia Preliminar para el día MIERCOLES 04 DE JUNIO DE 2014 a las (10:30 am). Se ordena librar en su oportunidad las respectivas Boletas de Notificación. De conformidad con lo establecido en el Artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal quedan notificadas las partes del presente diferimiento. Se declara cerrado el presente acto siendo las doce del mediodía (12:00 am). Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez


Dra. Josefina Gutiérrez.



La Representación Fiscal, La progenitora del imputado,

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Dr. Manuel Orangel Bernal. Maryurith Josefina Espinoza González




El Secretario Temporal,


Abg. Juan Blanco Muñoz.



EXP: 1487-12.-
JG/Bet.-