REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DE AUDIENCIA DE APELACION

En el día de hoy, lunes diecisiete (17) de noviembre de 2014, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la audiencia oral y pública de apelación en la causa que por OTROS CONCEPTOS LABORALES (VIATICOS) sigue el ciudadano ALVARO ANTONIO GAVIDIA GAVIDIA en contra de la entidad de trabajo INSTITUTO VENEZOLANO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS (IVIC) en virtud de la apelación interpuesta por el ciudadano abogado JHONNY BLANCO inscrito en el INPRE-ABOGADO bajo el Nº 68.102, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante contra la sentencia dictada en fecha veintiuno (21) de julio de 2014, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en la Ciudad de Los Teques, la cual cursa en el expediente N° 14-2207 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal dejándose constancia de la comparecencia del ciudadano ALVARO ANTONIO GAVIDIA GAVIDIA titular de a cedula de identidad numero 8.677.516, en su carácter de parte accionante así como del ciudadano abogado JHONNY BLANCO inscrito en el INPRE-ABOGADO bajo el Nº 68.102,en su carácter de apoderado judicial de la parte apelante accionante y las ciudadanas abogadas RIVAS RAMOS ITICIANA NATHALY y ANA YOLEMI GONZALEZ ESPINOZA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el numero 149.050 Y 27.598en su carácter de apoderada judicial de la parte accionada. Seguidamente se da inicio al acto, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Acto seguido el ciudadano Juez, le otorga el derecho de palabra a la representación judicial de la parte accionante apelante cuyos alegatos quedó registrado en el material audiovisual. Acto seguido el ciudadano Juez, le otorga el derecho de palabra a la representación judicial de la parte accionada cuyos alegatos quedó registrado en el material audiovisual. En estado el ciudadano Juez procede a preguntarle a la representación judicial de la parte demandada sobre las condiciones de la prestación de servicios quedando plasmado en el material audiovisual. Pregunta: 1.-La unidad de transporte se encuentra ubicada en la ciudad de la Victoria? R.- Si la unidad se encuentra en la ciudad de la Victoria. En este estado la representación judicial de la parte accionante ejerció el derecho a réplica quedando plasmado en el material audiovisual. Concluida la exposición de la parte apelante, el ciudadano Juez, anunció se acogería al lapso de 60 minutos para dictar la sentencia conforme al contenido del artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo el ciudadano Juez retorna a la Sala de Audiencia y pasa hacerlo como sigue.- De regreso a la sala de audiencias el ciudadano Juez Superior procedió a dictar sentencia oral realizando previamente un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente:“…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO:SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano abogado JHONNY BLANCO inscrito en el INPRE-ABOGADO bajo el Nº 68.102, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante contra la sentencia dictada en fecha veintiuno (21) de julio de 2014, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en la Ciudad de Los Teques. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano ALVARO ANTONIO GAVIDIA GAVIDIA en contra de la entidad de trabajo INSTITUTO VENEZOLANO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS (IVIC) por OTROS CONCEPTOS LABORALES (VIATICOS). TERCERO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha veintiuno (21) de julio de 2014, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en la Ciudad de Los Teques. CUARTO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente a la presente fecha, y será a partir de la preclusión del mencionado lapso para la publicación de dicha decisión, comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes, de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo. Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, a los diecisiete (17) días del mes de septiembre del año dos mil catorce (2014). Años 203° de la Independencia 154° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman.


ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR





REPRESENTACION JUDICIAL DE LA ACCIONADA





ACTOR







APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE
ACCIONANTE APELANTE








ISBELMART CEDRE TORRES
LA SECRETARIA
EXP. 14-2207
AHG/ICT