REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, veinticinco de noviembre del año dos mil catorce
204º y 155º

Asunto: SP01-L-2013-000664
INDICACIÓN DE LAS PARTES:

PARTE ACTORA: FULVIA MARITZA OVALLES VILLAFAÑE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N. ° V.- 3.793.815.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: KARINA ADELAIDA DOMADOR CASTRO, inscrita en el I.P.S.A bajo el N.° 97.886.
PARTE DEMANDADA: FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO Y PROMOCIÓN DEL PODER COMUNAL TÁCHIRA (FUNDACOMUNAL - TÁCHIRA)
MOTIVO: RECURSO DE NULIDAD.

De la revisión efectuada a la presente causa se evidencia que la última actuación realizada por el Alguacil en la presente causa se efectúo en fecha 30 de octubre de 2013, y la parte interesada no realizo más actuaciones para impulsar la presente demandada, este Tribunal con vista a lo expuesto en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que establece:

Artículo 201. Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el juez, éste último deberá declarar la perención.

Artículo 267. Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes.


Ahora bien, visto que desde el 30 de octubre de 2013, ha transcurrido suficientemente el lapso establecido en los artículos antes señalados, sin que la parte actora haya impulsado el procedimiento, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES, incoara la ciudadana FULVIA MARITZA OVALLES VILLAFAÑE, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad n. ° V.- 3.793.815, en contra de la FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO Y PROMOCIÓN DEL PODER COMUNAL TÁCHIRA (FUNDACOMUNAL - TÁCHIRA)
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de San Cristóbal, a los veinticinco (25) días del mes de noviembre de dos mil catorce (2014)
La Juez,

Dra. Yalena Mora


La Secretaria

Abg. Isley Gamboa




Exp.2013-664