En horas de despacho del día de hoy, diecinueve (19) de noviembre de dos mil catorce (2014), siendo las ocho y treinta de la mañana (8:30 a.m.), día y hora fijada por el JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, en fecha 11 de noviembre de 2014, en ocasión al juicio que por DESALOJO incoare el ciudadano NINO MOLENETTI DE MICAELIS, contra la Sociedad Mercantil "TALLER MECANICO YALICAR 2005, C.A.”, representada por el ciudadano JUAN CARLOS CASTELLANOS, y su apoderado judicial, abogado JUAN CARLOS MORANTE HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 41076, se trasladó y constituyó el Tribunal a cargo del Dra. TERESA HERRERA ALMEIDA, conjuntamente con la parte actora-ejecutante, en la persona de su apoderado judicial, abogado JOSE ANTONIO GOMES ASCANIO, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nº 213.982, así como los funcionarios auxiliares y policiales necesarios para la práctica de la medida de ejecución forzosa de entrega material, en la siguiente dirección: inmueble constituido por un lote de terreno y las construcciones en él existente, así como una fracción de terreno anexa, identificado con el número Cuarenta y Dos (42), ubicado en la Calle Sucre, Los Teques, Municipio Guaicaipuro, Estado Miranda. Una vez constituido en el sitio fuimos atendidos por una persona que dijo ser y llamarse, JUAN CARLOS CASTELLANOS, portador de la cédula de identidad Nº V- 10.284.761, en su carácter de representante de la parte demandada-ejecutada, Sociedad Mercantil “TALLER MECANICO YALICAR 2005, C.A.”, quien solicitó ser oído por el Tribunal y luego de ser autorizado expone: “Haré el retiro voluntario del material de todos y cada uno de los bienes muebles que se encuentran en el local objeto de la medida de entrega material. Se designa práctico perito al ciudadano LUIS PINTO, titular de la cédula de identidad N° V-6.457.368, quien estando presente aceptó el nombramiento recaído en su persona y prestó el juramento de ley. Concluido el retiro voluntario de los bienes muebles, el abogado JOSE ANTONIO GOMES ASCANIO, antes identificado, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante-ejecutante, solicita al Tribunal ser oído y una vez autorizado expone: “Recibo en nombre de mi representado el inmueble objeto de la presente medida libre de bienes y personas, tal y como fue acordado por este Juzgado, el cual aparece identificado en el mismo como: “…inmueble constituido por un lote de terreno y las construcciones en él existente, así como una fracción de terreno anexa, identificado con el número Cuarenta y Dos (42), ubicado en la Calle Sucre, Los Teques, Municipio Guaicaipuro, Estado Miranda…”. Es todo”. Se designa práctico cerrajero al ciudadano ANGEL R. HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-10.359.222, quien estando presente aceptó el nombramiento recaído en su persona y prestó el juramento de ley. Seguidamente, el Tribunal ordena el cambio de cerraduras, lo cual fue efectuado por el práctico cerrajero designado. En este estado, el Tribunal procede a realizar el recorrido por todo el inmueble y deja constancia que el mismo se encuentra libre de bienes personas, en tal virtud, se procede a poner en posesión, real, material y efectiva del inmueble, anteriormente identificado, a la parte actora-ejecutante, en la persona de sus apoderado judicial, abogado JOSE ANTONIO GOMES ASCANIO, quien lo recibe conforme. Asimismo, se deja constancia que estuvieron presentes en la práctica de la medida del día de hoy, los funcionarios: LUIS MIGUEL LEON PEREZ (Oficial), ALEXIS DE JESUS URBANO MARCANO (Oficial Agregado), RONNY DANIEL BLANCO MARAGIOGLIO (Oficial), FRANKLIN ALEXIS MORON REY (Oficial Jefe) y GUSTAVO ISMAEL GONZALEZ AGUANA (Oficial). Siendo las seis de la tarde (6:00 p.m.), el Tribunal declara cumplida su misión por el día de hoy ordenando el regreso a su sede. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
TERESA HERRERA ALMEIDA

LA PARTE ACTORA,
EL PERITO,
EL PRÁCTICO CERRAJERO,
LOS FUNCIONARIOS POLICIALES
LA SECRETARIA,
LESBIA MONCADA de PICCA



THA/LMdeP/mbm.
Exp. N° 12-9242