REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL





TRIBUNAL TERCERO (3RO.) DE MUNICIPIO ORDINARIO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Carrizal, 21 de noviembre de 2014.
204º y 155º

Vista la anterior demanda de NULIDAD DE ASAMBLEA, incoada por la JUNTA DE CONDOMINIO RESIDENCIAS ARAGUANEY (elegida en fecha 23/04/2014), en contra de la JUNTA DE CONDOMINIO RESIDENCIAS ARAGUANEY (elegida en fecha 23/04/2014); este Tribunal, observa que desde el día lunes, 29 de septiembre de 2014, fecha en que se le dio entrada y anotación en el Libro de Causas, bajo el Nº 3023-14, ha transcurrido más de un (01) mes sin que la parte interesada haya consignado los documentos fundamentales del presente procedimiento, ni dado el debido impulso procesal. En consecuencia, se declara el DECAIMIENTO de la solicitud en virtud de la pérdida del interés procesal y se ordena la remisión del presente expediente a la Sede del Archivo Judicial, a los fines de su cuido y reguardo, constante de una pieza en cuatro (04) folios útiles.
La Juez Titular,


Dra. Liliana A. González G.

La Secretaria,


Abg. Beyram R. Díaz Martínez