REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL





TRIBUNAL TERCERO (3RO.) DE MUNICIPIO ORDINARIO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Carrizal, 21 de noviembre de 2014.
204º y 155º

Vista la anterior solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS, incoado por los ciudadanos JORGE ENRIQUE DI LORENZO DEL CORRAL y EMMA GUADALUPE BERMUDEZ TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.309.320 y V-11.562.436 respectivamente, asistidos por la Abogada en ejercicio Yolanda Rodríguez Barbella, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 222.368; este Tribunal, observa que desde el día lunes, 13 de octubre de 2014, fecha en que se le dio entrada y anotación en el Libro de Solicitudes, bajo el Nº S-2984-14, ha transcurrido más de un (01) mes sin que la parte interesada haya consignado los documentos fundamentales del presente procedimiento, ni dado el debido impulso procesal. En consecuencia, se declara el DECAIMIENTO de la solicitud en virtud de la pérdida del interés procesal y se ordena la remisión del presente expediente a la Sede del Archivo Judicial, a los fines de su cuido y reguardo, constante de una pieza en cinco (05) folios útiles.
La Juez Titular,


Dra. Liliana A. González G.

La Secretaria,


Abg. Beyram R. Díaz Martínez