REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO (3RO.) DE MUNICIPIO ORDINARIO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Carrizal, 25 de noviembre de 2014.
204º y 155º
Vista la anterior solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS, incoado por los ciudadanos JUAN JOSÉ FAJARDO PERDOMO y ODALIS ALEXANDRA MÁRQUEZ RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.537.362 y V-17.979.236 respectivamente, asistidos gratuitamente por la Oficina de Asistencia Jurídica de la Procuraduría del Estado Bolivariano de Miranda, en la persona de la abogada Ivanna Alvarado Castro, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 143.297; este Tribunal, observa que desde el día lunes, 20 de octubre de 2014, fecha en que se le dio entrada y anotación en el Libro de Solicitudes, bajo el Nº S-2998-14, ha transcurrido más de un (01) mes sin que la parte interesada haya consignado los documentos fundamentales del presente procedimiento, ni dado el debido impulso procesal. En consecuencia, se declara el DECAIMIENTO de la solicitud en virtud de la pérdida del interés procesal y se ordena la remisión del presente expediente a la Sede del Archivo Judicial, a los fines de su cuido y reguardo, constante de una pieza en cuatr0 (04) folios útiles.
La Juez Titular,
Dra. Liliana A. González G.
La Secretaria,
Abg. Beyram R. Díaz Martínez