REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Carrizal, 28 de noviembre de 2014.
204º y 155º
Vista la solicitud de SEPARACÍON DE CUERPOS Y BIENES, presentada por los ciudadanos JEAN CARLOS DELGADO y YUSMARY MILEIDY CASTRO PADRINO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.729.237 y V-16.146.115, respectivamente, asistidos por la abogada Angelucy Fredesbinda Tarazona Campos, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 56.293, así como la diligencia que antecede, donde subsanaron que de dicha unión matrimonial no procrearon hijos, y consignados como fueron los recaudos fundamentales de la misma, siendo que dicha solicitud no es contraria a derecho, este Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, en su Parágrafo Primero, en concordancia con los artículos 189 y 190 del Código Civil, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los solicitantes en los mismos términos expuestos por ellos en el escrito contentivo de la solicitud supra. En relación a las copias certificadas solicitadas, se acuerdan expedir por secretaria de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse copias y certifíquense.-
La Juez,
Dra. Liliana A. González G. La Secretaria,
Abg. Beyram R, Díaz M
NOTA: En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
La Secretaria,
Abg. Beyram R, Díaz M