REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO LOS SALIAS CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA



San Antonio de Los Altos, 18 de noviembre de 2014
204° y 155°


Revisado como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana LAURA SOFIA FERNÁNDEZ TERAN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.991.600, asistida por la abogada Marisbelia Haddad, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 31.632; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICA Y UNIVERSALES HEREDERA a la ciudadana LAURA SOFIA FERNÁNDEZ TERAN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.991.600; en su carácter de causahabiente de la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES FERNÁNDEZ TERAN, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 1.744.574, quien falleció en fecha 3 de agosto de 2014, tal como se desprende de Acta de Defunción Nº 804, emitida por el Registro Civil del la Parroquia San Bernardino, Municipio Libertador, Distrito Capital; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
Asimismo, vista la solicitud de devolución de originales consignados cursante a los folios del tres (3) al seis (6), este Tribunal la acuerda por ser procedente y ordena el desglose y devolución de los documentos originales insertos en el presente expediente, previa su certificación; y se acuerda expedir por Secretaria cuatro (04) juegos de copias certificadas de la totalidad del presente expediente, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR

EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ

MAIKEL MEZONES I.

Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.


EL SECRETARIO


Expediente N°: S-2014-246
LCH/MMI/mmd