REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA








JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA




San Antonio de Los Altos, 4 de noviembre de 2014

204° y 155°




Vistas la solicitud y documentación presentadas por los ciudadanos Luisa Elena García de Mora y Cirilo Ernesto Mora Castillo, de nacionalidad venezolana, cónyuges entre sí, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad NROS 2.110.192 y 1.852.971, respectivamente, asistidos por la abogada Melva Esperanza Sánchez de Forte, titular de la Cédula de Identidad NRO V-6.547.632 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 27.897, y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados por el solicitante; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos LUISA ELENA GARCÍA de MORA y CIRILO ERNESTO MORA CASTILLO, antes identificados, sobre las mejoras y bienhechurías constituidas por una casa quinta, constante de dos (2) plantas con un área total de construcción de aproximadamente DOSCIENTOS DIECISIETE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CUATRO CENTÍMETROS CUADRADOS (217,44 Mtrs2). Que en la presente declaró el solicitante haber construido sobre un inmueble constituido por una parcela de terreno, distinguida con el número 254, ubicada en la Urbanización Los Castores, San Antonio de Los Altos, Jurisdicción del Municipio Los Salias del estado Bolivariano de Miranda, que le pertenece según consta en Documento de Compra debidamente Protocolizado ante el Registro Público del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha once (11) de mayo de mil novecientos setenta y seis (1966), quedando inscrito bajo el Número 42, Protocolo 1ERO, Tomo N° 02; y posterior Aclaratoria Protocolizada ante el Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha dieciocho (18) de julio de dos mil catorce (2014), quedando inscrito bajo el Número 37, Folio 307, Tomo N° 07, Protocolo de Transcripción; cuyos linderos y medidas constan en autos. Que el referido lote de terreno tiene una superficie aproximada de TRESCIENTOS DOCE METROS CUADRADOS (312 mts2), cuyos linderos y medidas constan en autos, y se encuentra aforado por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del estado Miranda bajo el Nº 0024285.
Devuélvase al solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.

LA JUEZA TITULAR,

EL SECRETARIO TITULAR

LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
MAIKEL MEZONES I.





Se deja constancia que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.

EL SECRETARIO





Expediente Nº: S-2014-239
LCH / MMI /mmd