REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 13 de Noviembre de 2014
Años: 204° y 155°
Exp. Nº 1886-2014.-
(Titulo Supletorio)
Vista la solicitud formulada por el ciudadano ROBERTS LEONARDO PEÑA LOYO, al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos: MARETSY YUBISAY MELENDEZ ARIAS y RUBEN DARIO CASTILLO GALINDEZ, titulares de las cedulas de identidad Nros V-23.316.155 y V-16.112.328 respectivamente, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano: ROBERTS LEONARDO PEÑA LOYO, titular de la cédula de identidad N° V-12.728.407, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno Municipal, que mide: TRESCIENTOS VEINTICUATRO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS (324,97 MTS2), ubicado en la Carrera 04 entre Calles 05 y 06, Urbanización Pura Flores de Loreto, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Parcela y casa del Sr. Jacinto Ruiz; parcela y vivienda del Sr. Freddy R. Bande C; SUR: Carrera 04; ESTE: Parcela y casa de la Sra. Lidice Loyo de Peña; y OESTE: Parcela y vivienda de la Sra. Yaretni de Medina. Las referidas bienhechurías consisten en un: Galpón al aire, que mide aproximadamente trescientos doce metros cuadrados (312 mts2) dentro del cual se ha construido una casa de treinta y ocho metros cuadrados (38 mts2) aproximadamente, fabricada con paredes de bloques, piso de cemento, techo de acerolit, sin divisiones internas, una oficina de ocho metros cuadrados (8 mts 2) aproximadamente construida en paredes de bloques, piso de cemento, techo de acerolit, un baño que mide tres metros cuadrados (3 mts 2) construido en paredes de bloques, piso y paredes de cerámica, un cuarto para pinturas que mide aproximadamente siete metros cuadrados (7 mts 2) edificado en paredes de bloque y piso de cemento con techo de acerolit. Siendo su área de construcción de CIENTO CUARENTA Y NUEVE METROS CON CUARENTA Y NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS (149,49 MTS2). Devuélvase original al interesado a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 555 del Código Civil. Déjese copia de esta providencia.
La Juez Temporal
Abg. MARIA TERESA SCALA LODATO;
La Secretaria,
Abg. Yuly R. Suárez V.
En la misma fecha se devuelve constante de NUEVE (9) folios útiles.
La Secretaria;
Abg. Yuly R. Suárez V.-
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