REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control N° 02
Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda
con sede en la ciudad de Los Teques
Los Teques, 24 de noviembre de 2014
204° y 155°
Juez: Dr. Ricardo Rangel Avilés.-
Fiscal 1º del Ministerio Público: Abg. Valentina Zabala.-
Defensa Privada: Abgs. Eddi Gilberto Rosales Sannazzaro y Anarkis Farias Basilia Cordeno.-
Imputado: Ledys Joel Isea Oropeza, titular de la cédula de identidad número V-12.343.224.-
Secretaria: Abg. Johanna Rivera.-
Delito: Homicidio Calificado con Alevosía en Grado de Complicidad Correspectiva, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1 en concordancia con el articulo 424 encabezamiento ambos del Código Penal, y Cooperador Inmediato en el Delito de Homicidio Calificado con Alevosía, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1 en concordancia con el articulo 83 ambos del Código Penal.-


DECISIÓN:
Por los razonamientos anteriormente expuestos éste Juzgado de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara legitima la aprehensión del imputado: LEDYS JOEL ISEA OROPEZA, titular de la cédula de identidad N° V-21.119.099, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; SEGUNDO: Se Ordena se CONTINÚE LA INVESTIGACIÓN POR EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, contemplado en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal: TERCERO: Se Decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano LEDYS JOEL ISEA OROPEZA, titular de la cédula de identidad N° V-12.343.224, edad 39 años, fecha de nacimiento 05/07/1974, lugar de nacimiento Maracay, Estado Aragua, grado de instrucción bachiller, ocupación: Técnico Mecánico, hijo de Martha Oropeza (V) Ledys Isea (V), dirección: José Manuel Álvarez, calle el milagro, casa nro 27 fachada de piedra, cerca del supermercado, Carrizal-estado Miranda, teléfono 0212 383.85.520; todo ello de conformidad con lo artículo 236 numerales 1, 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 237 parágrafo primero ejusdem, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1 en concordancia con el articulo 424 encabezamiento ambos del Código Penal, y COOPERADOR INMEDIATO EN EL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1 en concordancia con el articulo 83 ambos del Código Penal.-
Se ordena librar boletas de encarcelación y oficio al Centro Penitenciario de Aragua “Tocoron”, correspondiente al imputado LEDYS JOEL ISEA OROPEZA, titular de la cédula de identidad N° V-21.119.099.-
Quedaron notificadas las partes en la audiencia respectiva, de conformidad con el encabezado del artículo 159 Ejusdem.-
Regístrese, publíquese y déjese copia. Cúmplase.-
El Juez

Dr. Ricardo Rangel Avilés La Secretaria


Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Así lo certifico.- La Secretaria
RRA/rr
Causa: 5C12085-13