REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control N° 02
Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda
con sede en la ciudad de Los Teques
Los Teques, 07 de Noviembre de 2014
203° y 154°
Juez: Dr. Ricardo Rangel Avilés.-
Fiscal 90º del Ministerio Público: Abg. Víctor Julio González.-
Secretaria: Abg. Rosanna Costantino.-
Delito: Vertido de Materiales Degradantes en Cuerpos de Agua, previsto y sancionado en el artículo 84 de la Ley Penal del Ambiente.-
DISPOSITIVA
Por los razones precedentemente expuestas, este Juzgado de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, acuerda: Primero: SE DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud de imputación realizada por el Fiscal del Ministerio público en la presente causa, de conformidad con lo establecido en los artículos 1, 6, 11, 107, 111 numerales 1, 2 y 8, 127 numeral 1, 264, 265 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal; Segundo: Se ordena la remisión de las actuaciones a la sede de la Fiscalía del Ministerio Público actuante.-
Notifíquense a las partes, conforme al contenido del artículo 159 en su único aparte de la norma adjetiva penal.-
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Cúmplase.-
El Juez
Dr. Ricardo Rangel Avilés La Secretaria
Abg. Rosanna Costantino
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Y así lo certifico.-
La Secretaria
Abg. Rosanna Costantino
Causa 2C16038-14
RRA/RC/rr