REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Los Teques, catorce (14) de Octubre del dos mil catorce (2014).-
204º y 155º
Vista la diligencia suscrita por el abogado LUIS GERARDO TARAZONA CAMPOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 33.249, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en el presente juicio, mediante la cual solicita que se efectúe la notificación de la ciudadana LEOMIDG COROMOTO FLORES ABREU, en la siguiente dirección: Edificio Conjunto Comercio Residencial Yati, Apartamento B-114, Piso 11, Torre “B”, Los Teques, Jurisdicción del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda y de una revisión de las presente actuaciones, este Tribunal observa que cursa a los folios 93 y 94 de la primera pieza del expediente Poder Apud Acta otorgado por la ciudadana LEOMIDG COROMOTO FLORES, parte demandada en el presente juicio a los abogados FELIX ALBERTO HERRERA y JOSÉ ARMANDO VELAZCO RAMÍREZ, por lo que se ordena notificar al abogado FELIX ALBERTO HERRERA para que manifieste si sigue siendo apoderado o no de la ciudadana LEOMIDG COROMOTO FLORES, por lo que se Niega lo solicitado por el apoderado actor hasta tanto, conste en autos, que la demandada cuenta con asistencia o representación jurídica, pues en caso contrario, se debe suspender el proceso a los fines de que se le designe un defensor o defensora conforme a lo previsto en el artículo 97 de la Ley Para La Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda.
La Juez Suplente Especial,
Abg. Teresa Herrera Almeida.
La Secretaria,
Abg. Lesbia Moncada de Picca
THA/LMdeP/Máximo
Expediente N° 14-9527
|