REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 08 de Octubre de 2014
204° y 155°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita por la ciudadana MAYRA ALEJANDRA ARREAZA QUINTERO, venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.726.907, asistida por la abogada ESTHER MARINA ARREAZA DE VILLEGAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 202.117, así como las actas levantadas por éste Juzgado, en las cuales rinden declaraciones los ciudadanos NELLY SERRANO Y AUGUSTO MANUEL GONZALEZ PACHECO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 11.036.974 Y 6.127.627, respectivamente, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta las mismas TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los ciudadanos EUSEBIO JOSÉ ARREAZA QUINTERO, MARÍA LOURDES ARREAZA QUINTERO, CARMEN JOSEFINA ARREAZA QUINTERO, MERCEDES MARÍA ARREAZA DE ARREAZA, ESTHER MARINA ARREAZA DE VILLEGAS, VICENTA ANGELINA ARREAZA PINO, EUGENIO EDITO ARREAZA QUINTERO, NARCISO ANTONIO ARREAZA QUINTERO, BENANCIO TEODORO ARREAZA QUINTERO, JUAN JOSÉ ARREAZA QUINTERO, ROSA IRENE ARREAZA QUINTERO, VICTORIA BONIFACIA ARREAZA QUINTERO, MARTIN ANTONIO ARREAZA QUINTERO Y MAYRA ALEJANDRA ARREAZA QUINTERO , venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.454.583, 6.873.071, 6.873.203, 6.843.796, 6.843.794, 6.873.070, 6.876.596, 6.876.557, 6.879.425, 11.038.869, 11.039.523, 12.160.217, 12.876.971 Y 13.726.907, respectivamente, para asegurar los derechos que tenga dichos ciudadanos en la Sucesión de la ciudadana BERTA QUINTERO DE ARREAZA, quien falleció en fecha 22 de Diciembre de 2013, en sus carácter de causahabientes de la prenombrada causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse en original las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
LA JUEZ TITULAR
DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
LA SECRETARIA
ABG. CRISTINA ROQUE
S-N° 3523/2014
JVA/cr/ad.-
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