REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL






TRIBUNAL TERCERO (3ro.) DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Carrizal, 31 de octubre de 2014.
Años: 204º y 155º

Vistas las actuaciones que anteceden, así como los documentos producidos junto con la solicitud, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar los derechos que tienen los ciudadanos ELVIA JOSEFINA MARCANO DE NARANJO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, de estado civil casada, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.968.665, LUÍS ÁNGEL NARANJO ROJAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, de estado civil casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.885.061, NESTOR ALEXANDER NARANJO MARCANO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.894.027, DANIEL ENRIQUE NARANJO MARCANO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.894.028, ARACELIS DEL VALLE NARANJO MARCANO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.748.191, MANUEL JUVENCIO NARANJO MARCANO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.970.122 y ROSA VIRGINIA NARANJO MARCANO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, de estado civil soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.753.656, son los ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus, LUÍS ÁNGEL NARANJO DÍAZ, quien falleció en fecha 10 de septiembre de 2014, según consta de acta de defunción Nº 941, de fecha 11 de septiembre de 2014, emanada de la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia San Bernardino, Municipio Libertador del Distrito Capital. Devuélvase todo lo actuado a los interesados incluyendo la solicitud, la cual precede redactada por el abogado Daniel E Naranjo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 54.015. Así mismo, se acuerdan expedir las copias certificadas solicitadas, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Déjese constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.
La Juez Titular,


Dra. Liliana A. González G.
La Secretaria,

Abg. Beyram R, Díaz Martínez
En esta misma fecha se devuelve la presente solicitud constante de veintisiete (27) folios útiles.

La Secretaria,

Abg. Beyram R, Díaz Martínez