REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO LOS SALIAS CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA


San Antonio de Los Altos, 9 de octubre de 2014
204° y 155°

Visto como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la abogada GLORIA PEREIRA DE MOSELLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.819.636, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 23.148, actuando en su propio nombre y representación; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos GLORIA PEREIRA DE MOSELLO, GEANCARLOS ANDRES CADENAS PEREIRA, ABEL JOSE CADENAS DUARTE e INGRID DE JESUS CADENAS DUARTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 3.819.636, 14.851.578, 7.683.925 y 5.535.381, respectivamente; en su carácter de causahabiente del ciudadano ABEL JOSE CADENAS, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 888.576, quien falleció en fecha 2 de julio de 2013, tal como se desprende de Acta de Defunción Nº 127, emitida por el Registro Civil del la Municipio Los Salias del estado Miranda; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR

EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ

MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ
Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO
Expediente N°: S-2014-189
LCH / MMI / hep