PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTÓBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Charallave, 03 de Octubre de 2014
204° Y 155

EXPEDIENTE : 1111-2010.-

IMPUTADOS: OMISION DE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA

VICTIMA: PALMA DIAZ MARIUSKA NAYARI

FISCAL 17° AUXILIAR DEL MINISTERIO PUBLICO: MANUEL BERNAL

DEFENSORA PUBLICA: JOSE GREGORIO FERRER.

MOTIVO: CONTRA LAS PERSONAS.


FUNDAMENTOS DE HECHO
En fecha 30 de Septiembre del año 2010, siendo aproximadamente 02:40 horas de la madrugada, funcionarios adscrito a la Policía del Estado Miranda Estación Policial Charallave del Estado Bolivariano de Miranda, momento que los funcionarios realizaban un recorrido recibieron un llamado por la trasmisión de mando donde les informaron que se trasladaran al Sector la Horquilla de Charallave vuelta de las nieves por cuanto unos sujetos se encontraba efectuando disparos a una vivienda por lo que procedieron a trasladarse y una vez en el sector los funcionarios fueron abordados por la ciudadana victima quien manifestó que unos ciudadanos portando armas de fuego le efectuaron disparos en su vivienda hiriéndola en la pierna derecha, por lo que procedieron a trasladar a la victima al hospital de Charallave y cuando se desplazaban por la calle principal del barrio la Horquilla a la altura de la bodega de Juan pepe la victima les señala a un grupo de ciudadanos que se encantaban en el lugar como los que la amenazaron y le efectuaron los disparos a ella y a su vivienda por lo que procedieron los funcionarios a darle la voz de alto y a realizarles la inspección corporal, incautándole al ciudadano RANGEL ALVEREZ JORGE MIZAR de 20 años de edad, la cantidad de cinco (05) balas sin percutir calibre 32mm, la cual la tenía en el bolsillo delantero del pantalón, mientras que a los adolescente NO LE ENCONTRARON EVIDENCIA DE INTERES CRIMINALISTICOS Y LOS IDENTIFICARON COMO OMISION DE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, por lo que notificaron al Ministerio Publico de lo ocurrido y le fueron impuestos de sus Derechos y Garantías Legales y Constitucionales .
En fecha 02 de Octubre de 2010, se admitió por ante el Juzgado del Municipio Paz Castillo, Santa Lucia del Tuy.-
En fecha 30 de Septiembre de 2014, mediante oficio N° 15-DPIF-F17-01568-2014, emanado la Fiscal 17° del Ministerio Público, con sede en Santa Teresa del Tuy, remite a éste Juzgado escrito de Sobreseimiento Definitivo, constante de (04) folios útiles, que corre inserta a los folios 139 al 142 ambos inclusive, escrito de solicitud de Sobreseimiento Definitivo a favor de los joven adultos OMISION DE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, el cual fue agregado a los autos en fecha 03/10/2014.

DE LA SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO

En fecha 30/10/2014, se recibió mediante oficio N° 15-DPIF-F17-01568-2014, emanado de la Fiscalía 17° del Ministerio Público, escrito de solicitud de sobreseimiento Definitivo relacionado con los joven adultos OMISION DE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, basando dicha solicitud en el Artículo 453 del Código Penal, todo ello en conformidad a lo establecido en los Artículo 561 literal D, en concordancia con el artículo 615 ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, con relación al Articulo 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicables por remisión expresa del Articulo 537 de la Ley Orgánica que regula la materia de adolescente, por haber operado la prescripción ordinaria de la acción Penal.
En consecuencia y en virtud de la disposición contenida en los artículos ante mencionado; se hace necesario, decretar el Sobreseimiento Definitivo de la presente causa y ASÍ SE DECIDE.
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en función de Juez de Control de conformidad con el Artículo 666 de la LOPNNA decreta: EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en la presente causa, seguida contra los joven adultos OMISION DE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA.-
Notifíquese a la Fiscal 17º del Ministerio Público.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda. En la ciudad de Charallave, a Tres (03) días del mes de Octubre del año Dos Mil catorce (2014). Años 204° y 155°
LA JUEZ PROVISORIO,

ABG. JOANNY CARREÑO




EL SECRETARIO,


ABG. HIGUERA FRANCISCO
En esta misma fecha siendo las 12:30 a.m., se público la anterior decisión.-
EL SECRETARIO,


ABG. HIGUERA FRANCISCO




JC/HF/ML
EXP N° 1111-2010