REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES.

JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.

En horas de despacho del día de hoy, 09 de Octubre del 2014, siendo las 2.00 de la tarde, se traslado y se constituyo este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial Estado Táchira, junto con la ciudadana MERCEDES MORALES DE CLAVIJO, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cedula de identidad N° V.- 4.632.589, domiciliada en Zorca Providencia, actuando con el carácter de heredera del ciudadano JOSE ORLANDO CLAVIJO LUNA, quien fuera venezolano, portador de la cedula de identidad N° V.- 9.216.442, asistida por la abogada CRUZ DE LINA GAMEZ COLMENARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 11.490.043, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 76.940, en el inmueble ubicado en Zorca Providencia, sector el 45 Vía Principal carretera hacia Cúcuta, Municipio San Cristóbal Estado Táchira, a fin de llevar inspección judicial acordada. Seguidamente el ciudadano Juez, da apertura al acto y conforme al escrito de solicitud y se designa como experto al ciudadano JOSE ALEXIS D´YONGH, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 12.771.418, quien estando presente acepta el cargo y presta el juramento de ley. De seguida, solicito el derecho de palabra la ciudadana MERCEDES MORALES DE CLAVIJO, asistida por la abogada CRUZ DE LINA GAMEZ COLMENARES, ambas ampliamente identificadas y concedida como le fue expuso: solicito se deje constancia de los siguientes particulares: PRIMERO: que se deje constancia que el inmueble indiciado se encuentra en la dirección arriba indicada, es decir zorca providencia, sector el 45 vía principal carretera hacia Cúcuta. SEGUNDO: que deje constancia que al momento de realizar esta inspección extrajudicial, se ha hecho acompañar de sendo plano correspondiente al levantamiento topográfico realizado en el terreno antes mencionado, donde técnicamente se evidencia que el lote de terreno descrito tiene un área aproximada doscientos setenta y ocho metros cuadrados con treinta y un centímetros Mts2 (278, mts), la cual no se encuentra documentada en el documento de propiedad de la ciudadana MERCEDES MORALES DE CLAVIJO, así mismo, que se le presenta en su original y originario manuscrito de partición que conforma cuerpo del texto del documento de venta protocolizado ante el respectivo registro inmobiliario, contentivo de la partición en la cual se evidencia que el vendedor o vendedores no realizaron ningún tipo de reserva al realizar la venta originalmente realizada. TERCERO: que se deje constancia que sobre el inmueble descrito y que no cuenta con documental, se encuentra construidas unas mejoras de una vivienda propiedad de la Señora MERCEDES MORALES DE CLAVIJO y sus hijas, la cual tiene una data aproximada de construcción de mas de treinta y cinco años (35) años la cual esta en perfecto estado de funcionamiento con todas sus adherencias y pertenencias, en la cual habita actualmente la señora Mercedes Morales de Clavijo para lo cual ser acompaña una memoria fotográfica suficientemente descrita. CUARTO: que se deje constancia de cualquier otra cuestión, circunstancia o hecho que realice esta inspección que aquí solicito, como declaración de los colindantes en relación a la posesión del mencionado inmueble y de sus respectivos linderos. A continuación el ciudadano Juez procede a dejar constancia de los siguientes particulares: AL PRIMER PARTICULAR: se deja constancia que efectivamente este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial Estado Táchira, se encuentra constituido en un inmueble ubicado en Zorca Providencia, Sector el 45 vía principal carretera hacia Cúcuta, San Cristóbal Estado Táchira, AL PARTICULAR SEGUNDO: el Tribunal deja constancia que corre inserto a los autos original de su plano, contentivo del levantamiento topográfico realizado al terreno antes identificado suscrito por el tipógrafo TSU CESAR H. ONTIVEROS, donde técnicamente se evidencia el contenido del particular segundo solicitado por la ciudadana Mercedes Morales de Clavijo, parte actora. AL PARTICULAR TERCERO: Para la evacuación de este particular, el ciudadano Juez indica al ciudadano JOSE ALEXIS D´YONGH, experto designado en este acto, proceda a dejar constancia de lo solicitado y tomar reproducciones fotográficas, quien manifestó lo siguientes: “ se trata de un inmueble consistente en una casa para habitación distribuida por cinco (05) habitaciones, sala, cocina, comedor, cuarto de servicio, dos baños, área de servicio , corredor y porche, construida con paredes de bloque, frisada y pintada, piso de cemento pulido, techo de acerolit con estructura metálica, cocina empotrada revestida en cerámica, puertas de madera y metal, venta tipo persiana, rejas protectoras en metal, instalaciones eléctricas internas y externas, y demás servicios públicos, y la misma cuenta con un tanque de agua aéreo, el mismo se encuentra en buen estado de conservación, higiene y habitabilidad, y cuenta con una data de construcción aproximadamente de treinta y ocho (38) años.” En este estado el experto antes identificado, solicito que se le conceda un lapso de (03) días a los fines de consignar materia fotográfica, a lo cual el ciudadano Juez, otorgo el lapso solicitado. AL PARTICULAR CUARTO: EL ciudadano Juez deja constancia que la parte actora ciudadana Mercedes Morales de Clavijo asistida por la abogada CRUZ DE LINA GAMEZ COLMENAES, renuncio a la evacuación de este particular. Es todo. En este el ciudadano Juez manifiesta que cumplida como ha sido la presente misión se da por terminado el acto, siendo las tres con cuarenta minutos de la tarde (3:40 PM), ordenando el regreso a la sede natural del Tribunal. Es todo, termino, se leyó y conformen firman. ABG. FELIZ ANTONIO MATOS JUEZ TITULAR (FDO. ILEGIBLE) LUGAR DEL SELLO MERCEDES MORALES DE CLAVIJO PARTE DEMANDANTE (FDO. ILEGIBLE) CRUZ DE LINA GAMEZ COLMENARES ABOGADA ASISTENTE (FDO. ILEGIBLE)JOSE ALEXIS D´YONGH EXPERTO DESIGNADO (FDO. ILEGIBLE)ABG. MARIELA CARRERO SILVA SECRETARIA TEMPORAL(FDO. ILEGIBLE)