REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control N° 02
Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda
con sede en la ciudad de Los Teques
Los Teques, 16 de octubre de 2014.-
202° y 154°
Juez: Dr. Ricardo Rangel Avilés.-
Fiscal Sala de Flagrancias del Ministerio Público: Abg. Katherine Azuaje.-
Defensa Pública: Abg. Margareth Ron.-
Imputados: Castillo Obando Jesús Leandro y Rojas Briceño Yorman David, titulares de la cédula de identidad V-18.930.757 y V-22.350.430, respectivamente.-
Secretaria: Abg. Rossana Costantino.-
Delito: Atípico.-

DECISIÓN:
Por los razonamientos anteriormente expuestos éste Juzgado de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara ilegitima la aprehensión de los imputados LEONEL JESÚS TORRES RODRIGUEZ y HECTOR JOSÉ SALAS RAMIREZ, Titular de la cedula de identidad N° V-18.930.757 y V-22.350.430, respectivamente, debido a que no están llenos los parámetros exigidos en el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por cuanto los mismos no fueron detenidos previa orden judicial ni en la comisión de un hecho flagrante, ya que ciertamente el hecho atribuido es Atípico, conforme a lo establecido en el artículo 1 del Código Penal Venezolano; SEGUNDO: Se Ordena la LIBERTAD PLENA y SIN RESTRICCIONES de los ciudadanos 1) CASTILLO OBANDO JESUS LEANDRO, Titular de la cedula de identidad N° V-18.930.757, de Nacionalidad: Venezolano, natural de Carupano, estado Sucre, de 25 años de edad, fecha de nacimiento: 17/11/1988, estado civil: soltero, grado de instrucción: estudiante de mecánica Automotriz, segundo semestre, Instituto Autotecnologic, ubicado en la Avenida Principal de Bello Monte, Torre Biscal, ocupación: carpintero, hijo de: Francisco Castillo (v) Y Beatriz Obando (v), residenciado en: Colinas de Carrizal, calle Bucare, casa Nª 7, Quinta mis cuatro hijos, Municipio Carrizal, estado Bolivariano de Miranda, Teléfono: 0412-8268004 y 0212-4927475 y 2) ROJAS BRICEÑO YORMAN DAVID, Titular de la cedula de identidad N° V-22.350.430, Nacionalidad: Venezolano, natural de Los Teques, estado Miranda, de 21 años de edad, fecha de nacimiento: 27/05/1993, estado civil: soltero, grado de instrucción: estudiante, de Administración, Quinto semestre, en la Universidad Simón Rodríguez, ubicada en el Paso, Los Teques, ocupación: no trabajo, hijo de: Orlando Ramírez (v) Y Yasmeli Briceño (v), residenciado en: Residencias las Margaritas, Torre A, piso 12, apartamento C, Municipio Carrizal, estado Bolivariano de Miranda, Teléfono: 0412-8018773 y 0212-3831406; todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.-
Regístrese, publíquese y déjese copia. Cúmplase.-
El Juez

Dr. Ricardo Rangel Avilés La Secretaria


Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Así lo certifico.- La Secretaria



RRA/RC/rr
Causa: 2C15961-14