REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control Nº 02
Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda
Con sede en la ciudad de Los Teques
Los Teques, 23 octubre de 2014
204° y 155°


Juez: Dr. Ricardo Rangel Avilés.-
Fiscal 1º del Ministerio Público: Abg. Valentina Zabala.-
Defensa Pública: Abg. Héctor Villegas.-
Imputadas: Gómez Carrero Yesenia Yorley, titular de la cédula de identidad Nº V-16.230.483.-
Secretaria: Abg. Rosanna Costantino.-
Delito: Hurto Agravado, previsto y sancionado en el artículo 452 numeral 8 del Código Penal Venezolano.-

DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara: Se ordena a la defensa acreditar nuevamente la respectiva documentación de una persona responsable distinta, en los términos requeridos por el Tribunal y del auto fecha 13/09/2014, de conformidad con lo establecido en los artículos 1, 242 numeral 2, 244, 246 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Notifíquense a las partes en la audiencia respectiva, de conformidad con el único aparte del artículo 159 Ejusdem.-
Regístrese, publíquese y déjese copia. Cúmplase.-
El Juez

Dr. Ricardo Rangel Avilés La Secretaria

Abg. Rosanna Costantino
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Así lo certifico.- La Secretaria

Abg. Rosanna Costantino
RRA/RC/rr
Causa: 2C15841-14