REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE
EJECUCIÓN nro. 1
Los Teques, 31 de Octubre de 2014
204° y 155°
Causa Nro. 1E198-11
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
PENADO: JEFERSON JOSÉ GONZÁLEZ GONZÁLEZ, venezolano, portador de la cédula de identidad número V-19.015.915.
DEFENSA: Unidad de Defensa Pública, Los Teques.
FISCAL: Fiscal Décimo del Ministerio Público del estado Miranda.
DELITO: Ocultación de arma de fuego, sancionado en el artículo 277 del Código Penal y resistencia a la autoridad descrito en el artículo218.1 eiusdem.
PENA IMPUESTA: 3 años y 4 meses de prisión y penas accesorias del artículo 16 del Código Penal.
ASUNTO: Nuevo cómputo de pena por revocatoria de la suspensión condicional de la ejecución de la pena.
A tenor de lo previsto en el artículo 474 del Código Orgánico Procesal Penal, vista la decisión dictada en fecha 21-3-2013 que revoca la suspensión condicional de la ejecución de la pena acordada a favor del ciudadano JEFERSON JOSÉ GONZÁLEZ GONZÁLEZ, venezolano, portador de la cédula de identidad número V-19.015.915, se procede a practicar nuevo cómputo de pena:
Firme como quedó la sentencia publicada, en fecha 7-12-2010, por el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Miranda sede Los Teques, que condenó siguiendo el procedimiento especial de admisión de los hechos del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal derogado, al ciudadano JEFERSON JOSÉ GONZÁLEZ GONZÁLEZ a cumplir la pena de 3 años y 4 meses de prisión y pena accesoria del artículo 16.1 del Código Penal, por la comisión del delito (s) de Ocultación de arma de fuego, sancionado en el artículo 277 del Código Penal y resistencia a la autoridad descrito en el artículo 218.1 eiusdem, en consecuencia, conforme lo dispuesto en el artículo 474 en relación con lo previsto en el artículo 471, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a precisar este Tribunal, el cómputo de la pena, fecha de finalización de la misma, y las oportunidades a partir de las cuales el penado cumple el tiempo mínimo requerido para optar a cualquiera de las fórmulas alternativas al cumplimiento de la pena y el confinamiento, así como la redención de la pena y, en su caso, la suspensión condicional de la ejecución de la pena.
PRIMERO: El ciudadano JEFERSON JOSÉ GONZÁLEZ GONZÁLEZ, identificado con la cédula de identidad número V-19.015.915, fue aprehendido inicialmente, en fecha 16-10-2010, siendo el caso que en fecha 21-12-2011, se libró orden de excarcelación en cumplimiento de la decisión dictada que le acordó la suspensión condicional de la ejecución de la pena, con un tiempo de pena cumplida de 1 año, 2 meses y 5 días.
Este Tribunal, en fecha 21-3-2013, revoca la medida de suspensión condicional de la ejecución de la pena acordada y decreta, contra el penado, medida privativa de libertad, a los fines que cumpla la pena recluido en establecimiento carcelario, por lo que hasta el día de hoy, 31-10-2014, con un tiempo de pena cumplida, de 1 año, 7 meses y 10 días.
Así pues, sumando el tiempo de pena cumplido efectivamente resulta que el ciudadano JEFERSON JOSÉ GONZÁLEZ GONZÁLEZ tiene cumplido de la pena, al día 31-10-2014, un total de 2 años, 9 meses y 15 días.
SEGUNDO: El ciudadano JEFERSON JOSÉ GONZÁLEZ GONZÁLEZ fue condenado a cumplir la pena de 3 años y 4 meses de prisión, lo que restado al tiempo de pena cumplido, se tiene que le falta por cumplir de la pena impuesta, al día 31-10-2014, 6 meses, 15 días.
El ciudadano JEFERSON JOSÉ GONZÁLEZ GONZÁLEZ cumple la pena en fecha 16-5-2015.
TERCERO: El prenombrado ciudadano fue, igualmente, sentenciado a la pena accesoria señalada en el artículo 16.1 del Código Penal, a saber:
a.- Inhabilitación política mientras dure la pena, esto es, hasta el 16-5-2015, y, en tal sentido, queda el ciudadano JEFERSON JOSÉ GONZÁLEZ GONZÁLEZ, inhabilitado políticamente durante el tiempo de la pena, lo que implica privación de los empleos públicos o políticos que tenga éste, así como la incapacidad para obtener otros y para el goce del derecho activo y pasivo del sufragio.
CUARTO: Se especifica el tiempo mínimo requerido para optar por las fórmulas alternas de cumplimiento de pena que establece la ley y se define su procedencia:
a.- TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO: El tiempo mínimo requerido para optar por tal medida alterna es la 1/4 de la pena impuesta, en el presente caso, 10 meses efectivos de privación de libertad, tiempo que el penado cumplió.
b.- DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO: El tiempo mínimo requerido para optar por el beneficio de régimen abierto, cumplir la 1/3 parte de la pena impuesta: 1 año, 1 mes y 10 días efectivos de privación de libertad, tiempo que el penado cumplió.
c.- LIBERTAD CONDICIONAL: El tiempo mínimo requerido para optar por el beneficio de libertad condicional, al cumplir 2/3 partes de la pena impuesta: 2 años, 2 meses y 20 días, tiempo que el penado cumplió.
QUINTO: CONFINAMIENTO: El tiempo mínimo exigido, por el artículo 53 del Código Penal, para optar por el confinamiento, las ¾ partes de la condena cumplida, a saber, 2 años, 6 meses, tiempo que el penado cumplió.
SEXTO: SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA: Este Tribunal, en decisión dictada en fecha 21-3-2013, revocó la suspensión condicional de la ejecución de la pena a favor del prenombrado ciudadano, por lo que tal medida no procede en el caso sub examine.
SÉPTIMO: REDENCIÓN DE LA PENA: El ciudadano JEFERSON JOSÉ GONZÁLEZ GONZÁLEZ opta por el beneficio de redención de la pena por el trabajo y/o estudio realizado en reclusión, firme como se encuentra la sentencia dictada en su contra, por el trabajo y/o estudio realizado en reclusión.
OCTAVO: DEL SITIO DE RECLUSIÓN: El ciudadano JEFERSON JOSÉ GONZÁLEZ GONZÁLEZ se mantiene detenido en el Centro Penitenciario de Los Llanos.
Notifíquese y líbrese lo conducente. Publíquese. Regístrese. Déjese copia autorizada. Cúmplase.
EL JUEZ
LIESKA DANIELA FORNES DÍAZ
LA SECRETARIA
LUZ ESTELA SULBARÁN
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
LA SECRETARIA
LUZ ESTELA SULBARÁN
Causa 1E-198-11
JEFERSON JOSÉ GONZÁLEZ GONZÁLEZ
Cómputo de pena
31-10-2014
Detenido