REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES
ACTA DE AUDIENCIA DE APELACION
En el día de hoy, miércoles, quince (15) de abril de 2015, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad que tenga lugar la audiencia oral y pública de apelación para la presente hora, en la causa que por cobro de Prestaciones Sociales sigue la ciudadana SIRHELYS HELLYMAR BLANCO TABOADA titular de la Cédula Identidad Nº 17.744.671 contra la sociedad mercantil CENTRO DE EDUCACION INICIAL SAN MIGUEL ARCANGEL, en virtud de la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandada, abogado JHONNY BLANCO MENDOZA inscrito en el inpreabogado bajo el Nº. 68.102 contra la decisión publicada en fecha 19 de febrero de 2015 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, la cual cursa en el expediente N° 15-2258 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja expresa constancia de la comparecencia del apoderado judicial de la parte demandada, abogado JHONNY BLANCO MENDOZA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº. 68.102. De igual forma se deja expresa constancia de la comparecencia de la apoderada judicial de la parte actora, abogada JANETT ELIZABETH GIL MARIÑO inscrito en el inpreabogado bajo los NºS. 80.025. Seguidamente se da inicio al acto, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Seguidamente, el ciudadano Juez, le otorga el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte demandada, cuyos alegatos quedaron registrados en el material audiovisual;. Acto seguido se le otorga el derecho de palabra a la apoderada judicial de la parte actora, cuyos alegatos quedaron registrados en el material audiovisual. Acto seguido, se le otorga el derecho a réplica al apoderado judicial de la parte demandada, cuyos alegatos quedaron registrados en el material audiovisual. Acto seguido, se le otorgó el derecho de contrarréplica a la parte actora, cuyos alegatos quedaron registrados en el material audiovisual. Concluida la exposición de la parte apelante, el ciudadano Juez, anunció se acogería al lapso de 60 minutos para dictar la sentencia conforme al contenido del artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo el ciudadano Juez retorna a la Sala de Audiencia y pasa hacerlo como sigue.- De regreso a la sala de audiencias el ciudadano Juez Superior procedió a dictar sentencia oral realizando previamente un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente:“……Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandada abogado JHONNY BLANCO MENDOZA inscrito en el inpreabogado Bajo el Nº. 68.102 contra la decisión publicada en fecha 19 de febrero de 2015 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques. SEGUNDO SE CONFIRMA la decisión publicada en fecha 19 de febrero de 2015 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques. TERCERO: CON LUGAR la demanda por cobro de Prestaciones Sociales seguida por la ciudadana SIRHELYS HELLYMAR BLANCO TABOADA titular de la Cédula Identidad Nº 17.744.671 contra la sociedad mercantil CENTRO DE EDUCACION INICIAL SAN MIGUEL ARCANGEL., en consecuencia se condena a la parte demandada al pago por concepto de prestación de antigüedad e intereses, prestaciones sociales y sus intereses, vacaciones vencidas y fraccionadas, bono vacacional vencidos y fraccionados, salarios caidos, bono alimentación e indemnización por terminación, intereses moratorios e indexación, cuyos dos últimos conceptos serán calculados por el Tribunal de ejecución. CUARTO: Se condena en costa a la parte demandada por haber quedado totalmente vencida ante ambas instancias. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente a la presente fecha, y será a partir de la preclusión del mencionado lapso para la publicación de dicha decisión, comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes, de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo. Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, a los quince (15) días del mes de abril del año dos mil quince (2015). Años 204° de la Independencia 156° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR
EDINET VIDES ZAPATA
LA SECRETARIA
APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDADA
EXP. 15-2258
AHG/EVZ*