REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DE AUDIENCIA DE APELACION

En el día de hoy, lunes veinte (20) de abril de 2015, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad que tenga lugar la continuación de la audiencia oral y pública de apelación para la presente hora, en la causa que por cobro de Prestaciones Sociales sigue el ciudadano KRISTHIAN ALEJANDRO DÍAZ REVETE titular de la Cédula Identidad Nº 20.411.280 contra la ciudadana ELIZABETH ARRIVILLAGA DE OCHOA titular de la Cédula de Identidad Nº. 3.627.119 (QUIROPERIA PIE CENTER), en virtud de la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandada, abogado MIGUEL LOIS MORA inscrito en el inpreabogado Bajo el Nº. 33.120 y la apoderada judicial de la parte demandante, abogada MARIA TERESA BERROTERÁN inscrita en el inpreabogado bajo los NºS. 201.160 contra la decisión publicada en fecha 06 de marzo de 2015 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, la cual cursa en el expediente N° 15-2254 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte actora, ciudadano KRISTHIAN ALEJANDRO DÍAZ REVETE titular de la Cédula Identidad Nº 20.411.280 y apoderada judicial abogada, MARIA TERESA BERROTERÁN, así como la parte demandada ciudadana ELIZABETH ARRIVILLAGA DE OCHOA y su apoderado judicial, abogado MIGUEL LOIS MORA, todos anteriormente identificados. Seguidamente se da inicio al acto, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Seguidamente, el ciudadano Juez, procede a realizar la declaración de parte, iniciando por la parte actora, cuyas preguntas y respuestas quedaron registradas en el material audiovisual. Acto seguido, se realizó la declaración de parte a la ciudadana ELIZABETH ARRIVILLAGA DE OCHOA, parte demandada, cuyas preguntas y respuestas quedaron registradas en el material audiovisual; acto seguido, se le otorgó el derecho de palabra a la parte demandante, cuyos alegatos quedaron registrados en el material audiovisual. Seguidamente se le otorgó el derecho de palabra a la parte demandada, cuyos alegatos quedaron registrados en el material audiovisual. Concluida la exposición de las partes, el ciudadano Juez, anunció se acogería al lapso de 60 minutos para dictar la sentencia conforme al contenido del artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo el ciudadano Juez retorna a la Sala de Audiencia y pasa hacerlo como sigue.- De regreso a la sala de audiencias el ciudadano Juez Superior procedió a dictar sentencia oral realizando previamente un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente:“……Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta la apoderada judicial de la parte demandante, abogada MARIA TERESA BERROTERÁN inscrita en el inpreabogado bajo los Nº. 201.160, contra la decisión publicada en fecha 06 de marzo de 2015 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandada, abogado MIGUEL LOIS MORA inscrito en el inpreabogado Bajo el Nº. 33.120 contra la decisión publicada en fecha 06 de marzo de 2015 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques. TERCERO: SE MODIFICA la decisión publicada en fecha 06 de marzo de 2015 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques., en cuanto a la forma de cálculo de las prestaciones sociales, de forma acumulativa y la terminal, de acuerdo con lo previsto en el artículo 143 de la Ley Orgánica del Trabajo, las trabajadoras y Los Trabajadores así como de la aplicación como base del porcentaje a aplicar el Beneficio de Alimentación, la unidad tributaria vigente a la presente fecha. CUARTO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por cobro de Prestaciones Sociales sigue el ciudadano KRISTHIAN ALEJANDRO DÍAZ REVETE titular de la Cédula Identidad Nº 20.411.280 contra la ciudadana ELIZABETH ARRIVILLAGA DE OCHOA titular de la Cédula de Identidad Nº. 3.627.119 (QUIROPERIA PIE CENTER), en consecuencia se condena a la parte demandada al pago por concepto de prestación de antigüedad e intereses, prestaciones sociales y sus intereses, vacaciones vencidas y fraccionadas, bono vacacional vencidos y fraccionados, días de descaso, horas extras y bono alimentación, intereses moratorios e indexación, cuyos dos últimos conceptos serán calculados por el Tribunal de ejecución. QUINTO: Se condena en costa a la parte demandada por haber quedado vencida ante esta instancia. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente a la presente fecha, y será a partir de la preclusión del mencionado lapso para la publicación de dicha decisión, comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes, de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo. Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, a los veinte (20) días del mes de abril del año dos mil quince (2015). Años 204° de la Independencia 156° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman.

Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.


ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR
EDINET VIDES ZAPATA
LA SECRETARIA

PARTE ACTORA

APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA PARTE DEMANDADA


APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDADA
EXP. 15-2254
AHG/EVZ*