REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DICTAMEN DE SENTENCIA ORAL
En el día de hoy miércoles veintinueve (29) de abril de 2015, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar el dictamen de la sentencia oral y pública de apelación en la causa que por ENFERMEDAD OCUPACIONAL sigue el ciudadano ESPINOZA PEREZ LUPE TOMAS en contra de la entidad de trabajo SERVICOS DE TORNERIA INDUSTRIAL H Y C, C.A. en virtud de la apelación interpuesta por el ciudadano abogado JOSE MIGUEL LOMBARDO inscrito en el INPRE-ABOGADO bajo el Nº 66.541, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionada y la ciudadana abogada REBECA PEREZ inscrita en el INPRE-ABOGADO bajo el Nº 126.901, en su carácter de apoderada judicial de la parte accionante contra la sentencia dictada en fecha trece (13) de marzo de 2015, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en la Ciudad de Los Teques, la cual cursa en el expediente N° 15-2257 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja expresa constancia de la comparecencia del ciudadano ESPINOZA PEREZ LUPE TOMAS titular de a cedula de identidad numero 6.875.321, en su carácter de parte accionante así como la abogada REBECA PEREZ inscrita en el INPRE-ABOGADO bajo el Nº 126.901 en su carácter de apoderada judicial de la parte accionante y apelante así como también se encuentra presente el abogado JOSE MIGUEL LOMBARDO inscrito en el INPRE-ABOGADO bajo el Nº 66.541 en su carácter de apoderado judicial de la parte accionada y apelante. Seguidamente se da inicio al acto, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Acto seguido se da inicio al presente acto, el ciudadano Juez, de conformidad con la norma contenida en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, procede a dictar la sentencia oral en el presente expediente previo un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente: este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara lo siguiente:“…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada REBECA PEREZ inscrita en el INPRE-ABOGADO bajo el Nº 126.901, en su carácter de apoderada judicial de la parte accionante contra la sentencia dictada en fecha trece (13) de marzo de 2015. por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en la Ciudad de Los Teques. SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado JOSE MIGUEL LOMBARDO inscrito en el INPRE-ABOGADO bajo el Nº 66.541, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionada contra la sentencia dictada en fecha trece (13) de marzo de 2015, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en la Ciudad de Los Teques. TERCERO: SE CONFIRMA la decisión publicada en fecha trece (13) de marzo de 2015, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en la Ciudad de Los Teques.. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por ENFERMEDAD OCUPACIONAL sigue el ciudadano ESPINOZA PEREZ LUPE TOMAS en contra de la entidad de trabajo SERVICOS DE TORNERIA INDUSTRIAL H Y C, C.A., en consecuencia, se condena a la parte demandada, al pago de la indemnización prevista en el ordinal 5º del artículo 130 de la Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente en el Trabajo y daño moral y la indexación, cuyo cálculos será realizado por el Tribunal de ejecución, CUARTO: Se condena en costas a la parte demandada por haber quedado vencida ante esta instancia. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente a la presente fecha, y será a partir de la preclusión del mencionado lapso para la publicación de dicha decisión, comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes, de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo. Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, a los veintinueve (29) días del mes de abril del año dos mil quince (2015). Años 203° de la Independencia 154° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman.


ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR

EDINET VIDES ZAPATA
LA SECRETARIA

APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDA
PARTE ACTORA


APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA

EXP. 15-2257
AHG/EVZ*