REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Charallave, veintiocho (28) de abril de dos mil quince (2015)
205º Y 156º
EXPEDIENTE: 4.029-14
PARTE ACCIONANTE: ALEJANDRO MONASTERIO GONZALEZ, MIGUEL ANGEL ALMENARA y ROBERT LELIS GARCIA RONDON, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V.-5.400.727, V.-11.270.551 y V.-10.180.021 respectivamente.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACCIONANTE: ISIDRO FERNANDES DE FREITAS, ROBERTO BELTRAN MARTINEZ e ISABEL SOFIA CARPIO FARIAS, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 31.855, 123.806 y 3.735 en el orden enunciado.
PARTE DEMANDADA: FARMATODO, C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDADA: PEDRO VICENTE RAMOS RANGEL y ORIANA ARVELAIZ RAMOS, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 31.602 y 197.566 respectivamente.
PARTE DEMANDADA SOLIDARIA: SESUASA 23, C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE DEMANDADA SOLIDARIA: VICTOR RUFINO BANDEZ ALVAREZ y VICTOR ANDRES BANDEZ ALVAREZ, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 41.945 y 177.939 respectivamente.
TERCERO INTERVINIENTE: INVERSIONES GASVA 23, C.A.
APODERADOS JUDICIALES DEL TERCERO INTERVINIENTE: VICTOR RUFINO BANDEZ ALVAREZ y VICTOR ANDRES BANDEZ ALVAREZ, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 41.945 y 177.939 respectivamente.
TERCERO INTERVINIENTE COMO PERSONA NATURAL: ARMANDO ALIMENTI CATTANI, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad V.-4.813.314
APODERADOS JUDICIALES DEL TERCERO INTERVINIENTE: NO CONSTITUYO.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, veintiocho (28) de abril de dos mil quince (2015), siendo las once de la mañana (11:00 am), oportunidad fijada para la prolongación de la audiencia preliminar, se deja constancia que comparecieron los ciudadanos ISIDRO FERNANDES DE FREITAS, apoderado de la parte actora en el presente expediente, ya identificado. Asimismo, se hacen presentes los ciudadanos PEDRO VICENTE RAMOS RANGEL, en su carácter de apoderado judicial de la demandada FARMATODO, C.A.; asimismo comparecen VICTOR RUFINO BANDEZ ALVAREZ, y VICTOR ANDRES BANDEZ ALVAREZ, en su carácter de apoderados judiciales de la entidad de trabajo demandada solidaria SESUASA 23, C.A. así como también de la tercera interviniente INVERSIONES GASVA 23, C.A., ya identificados. Celebrada la audiencia la parte demandada y la demandante declaran que han llegado al siguiente acuerdo: PRIMERO: Con el fin de dar por concluido el presente juicio las partes previamente hacen las siguientes declaraciones: La parte codemandada SESUASA 23, C.A., asume totalmente la relación de trabajo con respecto de los trabajadores ALEJANDRO MONASTERIO GONZALEZ y MIGUEL ANGEL ALMENARA, desconociendo a su vez que exista o existiere relación alguna de trabajo con el codemandante ROBERT LELIS GARCIA RONDON. En este estado toma la palabra el ciudadano PEDRO VICENTE RAMOS RANGEL, quien en su condición de apoderado judicial de la parte demandada FARMATODO, C.A., niega que exista alguna relación de trabajo con los demandadantes. En este estado, el apoderado judicial de la parte demandante ciudadano ISIDRO FERNANDES DE FREITAS, insiste en su reclamación sólo con respecto de los trabajadores ALEJANDRO MONASTERIO GONZALEZ y MIGUEL ANGEL ALMENARA, DESISTIENDO DEL PROCEDIMIENTO con respecto del trabajador ROBERT LELIS GARCIA RONDON. En este estado, la parte demandada SESUASA 23, C.A. ofrece pagar a la parte demandante la suma de TRESCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES (340.000,00 Bs.) para el trabajador ALEJANDRO MONASTERIO GONZALEZ, para ser pagados de la siguiente manera: ciento catorce mil bolívares (114.000,00 Bs) para el día 18 de mayo de 2015; ciento trece mil bolívares (113.000,00 Bs) para el día 01 de junio de 2015 y un último pago por bolívares ciento trece mil (113.000,00 Bs) para el día 15 de junio de 2015. Asimismo, la parte demandada SESUASA 23, C.A. ofrece pagar al trabajador MIGUEL ANGEL ALMENARA, la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (150.000,00 Bs) para ser pagados de la siguiente manera, cincuenta mil bolívares (50.000,00 Bs) para el día 18 de mayo de 2015; cincuenta mil bolívares (50.000,00 Bs) para el día 01 de junio de 2015 y un último pago por bolívares cincuenta mil (50.000,00 Bs) para el día 15 de junio de 2015. SEGUNDO: Dicho monto ofrecidos a los trabajadores comprenden prestación social articulo 142 LOTTT, indemnización por despido, intereses sobre prestaciones sociales, vacaciones vencidas y fraccionadas, bono vacacional vencido y fraccionado, utilidades vencidas y utilidades fraccionas, conceptos estos demandados por ambos trabajadores, días de descanso trabajados, alojamiento y comida. TERCERO: La representación judicial de los trabajadores manifiesta estar satisfecho con el presente acuerdo. Finalmente, ambas partes solicitaron al Juez se sirva homologar el presente acuerdo y el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO con respecto del trabajador ROBERT LELIS GARCIA RONDON; aunque manifiestan su intención de consignar acuerdo transaccional el día 18 de mayo de 2015, el cual deberá ser considerado por el tribunal en su debida oportunidad. En consecuencia, este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES y el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO con respecto de trabajador ROBERT LELIS GARCIA RONDON, dándole efecto de cosa juzgada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,
Abg. JOSE G. ESPAÑA GAMBOA
LAS PARTES COMPARECIENTES
ISIDRO FERNANDES DE FREITAS
PEDRO VICENTE RAMOS RANGEL
VICTOR RUFINO BANDEZ ALVAREZ
VICTOR ANDRES BANDEZ ALVAREZ
EL SECRETARIO
ABG. ROGER IGOR MOTA
EXP: 4.029-14
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