TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES


Los Teques, 20 de abril de 2015
204° y 156°


Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita por el ciudadano PEDRO PABLO CAMEJO REGALADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.601.925 y de este domicilio, asistido por la abogada SANDRA AGUILERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 50.057, así como la justificación promovida y evacuada ante este Juzgado, en la cual rinden declaración los ciudadanos MANUEL ALBERTO PADRON y HÉCTOR ALBERTO GARCÍA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.631.924 y V-5.593.616, respectivamente; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta las mismas TÍTULO DE ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO a favor de la integrante de la sucesión del ciudadano JOSÉ ANTONIO CAMEJO, quien falleció ab-intestato el día 30 de agosto de 2014, en su carácter de causante del ciudadano PEDRO PABLO CAMEJO REGALADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.601.925 y de este domicilio, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
LA JUEZ TITULAR


DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
LA SECRETARIA


ABG. CRISTINA ROQUE


S.- N° 3914/2015
JVA/cr/jn.-