REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZAL.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL




TRIBUNAL TERCERO (3RO.) DE MUNICIPIO ORDINARIO EJECUTOR DE MEDIDASDE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO Y CARRIZALCIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Carrizal, 08 de abril de 2015.
204º y 155º
Vista la anterior solicitud de Justificativo de Testigos sobre Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana HILDA ALEJANDRA ALAYON RAMBHAROSE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-17.224.594, quien actúa en nombre propio y en representación de sus hermanas, las ciudadanas REINA JOSEFINA ALAYON DE BELLO, CAROLINA DEL CARMEN ALAYON GONZÁLEZ, DEVI CARLA ALAYON RAMBHAROSE, WENDY RAQUEL ALAYON RAMBHAROSE Y ZANAIDA MARGARITA ALAYON GONZALEZ, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nro. V-6.842.962, V-6.966.793, V-17.224.595, V-19.930.826 y V-6.966.934 respectivamente, debidamente asistida por la abogada en ejercicio LAURINT ARAQUE ROJAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 113.120; este Tribunal, observa que desde el día 06 de marzo de 2015, fecha en que se consignó Poder Especial apud-acta, dado por la ciudadana HILDA ALEJANDRA ALAYON RAMBHAROSE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-17.224.594, asistida por la abogada en ejercicio BERDIC WENCY TELES QUIJADA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 83.978, ha transcurrido más de un (01) mes sin que la parte interesada haya consignado los documentos fundamentales del presente procedimiento, ni dado el debido impulso procesal. En consecuencia, se declara el decaimiento de la solicitud en virtud de la pérdida del interés procesal y se ordena su cierre y remisión a la sede del Archivo Judicial de esta misma Circunscripción Judicial, para su cuido y resguardo, constante de una pieza principal en seis (06) folios útiles. Cúmplase.-

La Juez Titular,

Dra. Liliana A. González G.
La Secretaria

Abg. Beyram Díaz