REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 20 de abril de 2015
205° y 156°
Recibido como ha sido el presente escrito de Solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS requerida por los ciudadanos María Lionetti De Vito y Gerardo Lionetti, representados por el abogado José Omar Rivero Sosa, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.052.143 e inscrito en el Inpreabogado bajo el NRO 56.034, tal como consta en Poder autenticado ante la Notaría Pública del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, inserto bajo el N° 4, Tomo 76, y actuando en representación del hermano de ambos, el ciudadano Saverio Lionetti Devito, así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos MARÍA LIONETTI DE VITO, GERARDO LIONETTI y SAVERIO LIONETTI DEVITO, la primera y el tercero de ellos de nacionalidad venezolana, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad NROS 5.450.525 y 6.843.351, respectivamente, y el segundo de nacionalidad Italiana, titular de la Cédula de identidad N° E-1.045.569; con el carácter de causahabientes, quienes son hijos respectivamente del causante, ciudadano GIUSEPPE LIONETTI PERAGINE, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 2.986.461 y quien falleció en fecha veintitrés (23) de septiembre de dos mil quince (2015), tal como se desprende de Acta de Defunción Nº 1039 de fecha 24/09/2014, emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral del Municipio Guaicaipuro del estado Miranda; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase al solicitante en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR,
EL SECRETARIO TITULAR,
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ
Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO
Expediente N°: S-2015-039
LCH / MMI / jge