REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA








JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

I
Se dio inicio al presente procedimiento, mediante escrito contentivo de solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, presentado ante la Unidad de Recepción y Distribución del Circuito Judicial Civil del Área Metropolitana de Caracas en fecha 24 de febrero de 2015, por los ciudadanos CARLA VERONICA GONZALEZ URBINA y JUAN ALBERTO BRICE MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad NROS 16.591.252 y 13.700.402, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada Sonia Reyes Ruiz, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 206.005, en fecha 5 de noviembre de 2014 el juzgado Vigésimo de Municipio ordinario y ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a quien por distribución le correspondió conocer de la presente solicitud, dicto sentencia declarándose incompetente por el territorio declinando su conocimiento en este Juzgado,

En fecha 3 de marzo de 2015 este Tribunal admitió la presente solicitud, ordenándose la notificación del Fiscal XI del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, y librándose la boleta correspondiente.


En fecha 27 de marzo de 2015, consigna diligencia el Alguacil de este Tribunal, dejando constancia de haber practicado la Notificación a la Fiscal XI del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Miranda.


El día 10 de abril de 2015, comparece ante este Juzgado la abogada BONIMAR CARRION SOSA, en su carácter de Fiscal Titular Undécima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, quien no formuló objeción alguna al procedimiento.
II


Este Tribunal a los fines de decidir observa:




Alegaron los solicitantes que contrajeron matrimonio civil en fecha catorce (14) de noviembre de dos mil uno (2001), ante el Registro Civil del Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta Nº 397, folio 397 y su vto., del año 2001. Que establecieron su último domicilio conyugal en Colinas de la Mariposa, sector El Cují, calle las Piedras casa #28, Jurisdicción del Municipio Los Salias, estado Miranda. Que en la unión matrimonial no procrearon hijos, por lo que de mutuo y amistoso acuerdo han decidido acudir a este Juzgado a fin de solicitar se declare el divorcio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil.
III

El Artículo 185-A del Código Civil invocado por los contrayentes, establece lo siguiente:

“Cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (5) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común…”

Ahora bien, de la lectura efectuada a la norma anteriormente trascrita, se evidencia que en el presente caso, fueron cumplidas las exigencias previstas en la misma, y por ello concluye esta Juzgadora que la solicitud que encabeza la presente actuación debe prosperar, y así se decide.


Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos CARLA VERONICA GONZALEZ URBINA y JUAN ALBERTO BRICE MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad NROS 16.591.252 y 13.700.402, respectivamente, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia DISUELTO el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha catorce (14) de noviembre de dos mil uno (2001), ante el Registro Civil del Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta Nº 397, folio 397 y su vto., del año 2001.
Publíquese, regístrese, ejecútese y déjese copia.


Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en San Antonio de Los Altos, a los veintisiete (27) días del mes de abril del año dos mil quince (2015). Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.
LA JUEZA TITULAR,

LEONORA CARRASCO HERNANDEZ
EL SECRETARIO,

MAIKEL MEZONES I.

Se deja constancia de que en la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia siendo la 1:00 p.m. Se libraron los oficios correspondientes bajo los NROS 15/164 y 15/165.
EL SECRETARIO
Expediente Nº: S-2014-186
LCH/ MMI