LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANA DE MIRANDA
SOLICITUD Nº 11008
Mediante escrito recibido por la Unidad de Recepción y Distribución de Documento en fecha cinco (05) de marzo del año dos mil quince (2015), por la ciudadana: SAHIRYS YAHENIR OJEDA PEREZ, venezolana mayor de edad, de este domicilio, portadora de la cédula de identidad No. V-13.691.604, debidamente asistida por la abogada en ejercicio JHESELYN BRANDO, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 204.379, solicitó sea declarada UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la de cujus YADIRA DEL ROSARIO PEREZ GARCIA de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil.
DICE LA SOLICITANTE QUE:
1º) En fecha 31-05-2013, falleció en el Hospital Domingo Luciani, Caracas, Distrito Capital, el ciudadano: YADIRA DEL ROSARIO PEREZ GARCIA, portadora de la cedula de identidad N° V-5.410.533.
2º) Acompaña a la solicitud copias certificadas de los siguientes documentos: acta de Defunción del ciudadano YADIRA DEL ROSARIO PEREZ GARCIA, emanada del Registro Civil Electoral Municipio Sucre, de fecha 01-06-2013, inserta bajo el N° 1136, folio 136, partida de nacimiento del ciudadano SAHIRYS YAHENIR OJEDA PEREZ, emanada del Registro Civil del Municipio Ambrosio Plaza del Estado Miranda, de fecha 06-11-1978, inserta bajo el N° 1495.
El Tribunal mediante auto de fecha diecinueve (19) de marzo de dos mil quince (2015), admitió la solicitud y ordenó la evacuación de los testigos a la hora de las 10:00 am para el día 27-03-2015.
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
PRIMERA: Mediante Resolución Nº 2009-006, de fecha 18 de Marzo de 2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y Publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha dos (02) de abril de 2009 de la República Bolivariana de Venezuela, se modificó la competencia y la cuantía de los Tribunales de Municipios, atribuyéndosele con carácter exclusivo y excluyente la competencia para hacer la declaratoria de que habla el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDA: En fecha 07 de abril del año dos mil quince (2015), se oyeron las declaraciones de los ciudadanos YESSIS BELINDA CABALLERO NAVARRO y JOSWHAR ALI SIMANCAS PEREZ, venezolanos portadores de las cedulas de identidad Nos. V-18.267.226 y V-13.978.263, quienes afirmaron que conocen a la solicitante, conocieron a la de cujus y le consta que la solicitante es su Única y Universal Heredera. Declaraciones estas que este Tribunal le da pleno valor, conforme lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECLARA.-
TERCERA: Promueve la parte solicitante los siguientes documentos acta de Defunción de la ciudadana YADIRA DEL ROSARIO PEREZ GARCIA y partida de nacimiento de la ciudadana SAHIRYS YAHENIR OJEDA PEREZ cuyos datos da por reproducido este Tribunal. Estos documentos son demostrativos del fallecimiento de la de cujus YADIRA DEL ROSARIO PEREZ GARCIA y la filiación existente entre la de cujus y la ciudadana: SAHIRYS YAHENIR OJEDA PEREZ, por tratarse estos de documentos públicos establecidos en el artículo 1357 del Código Civil, este Tribunal les asigna el valor probatorio que se desprende del artículo 1359 Eiusdem. ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la de cujus YADIRA DEL ROSARIO PEREZ GARCIA de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de la ciudadana: SAHIRYS YAHENIR OJEDA PEREZ, portador de la cedula de identidad No.V-13.691.604, sin perjuicio de terceros.
PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda,, en Guarenas, veinticuatro (24) de abril de dos mil quince (2015). Años: 205° de la Independencia y 156° de la Federación.-
LA JUEZ PROVISORIO
Abg. WENDY MARTINEZ LONGART
EL SECRETARIO ACC.
Abg. GUSTAVO PONCE ROSS
En fecha 24/04/2015, siendo las 10:00 A.M., se publicó la anterior sentencia.-
EL SECRETARIO ACC.
Abg. GUSTAVO PONCE ROSS
SOLICITUD N° 11008
WML/GPR/dennys
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