LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICPIOS PLAZA Y ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANA DE MIRANDA
SOLICITUD Nº 10997
Mediante escrito recibido por la Unidad de Recepción y Distribución de Documento en fecha tres (03) de marzo del año dos mil catorce (2014), por la ciudadana: IRENE BOLIVAR DE PEREZ, venezolana mayor de edad, de este domicilio, portadora de la cédula de identidad No. V-2.980.492, debidamente asistida por el abogado en ejercicio AMBROSIO GALLARDO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 33.318, solicitó se declare UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del de cujus VALENTIN ALFREDO PEREZ de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil.
DICE LA SOLICITANTE QUE:
1º) En fecha 08-02-2015, falleció en la Parroquia San Juan, Municipio Libertador Distrito Capital, el ciudadano: VALENTIN ALFREDO PEREZ, portador de la cedula de identidad N° V-1.871.710.
2º) Acompaña a la solicitud copias certificada de los siguientes documentos: acta de Defunción del ciudadano VALENTIN ALFREDO PEREZ, emanada del Registrador Civil Distrito Capital Municipio Libertador Parroquia San Juan, de fecha 10-12-2015, bajo el N° 304, folio 034, partida de matrimonio de los ciudadanos VALENTIN ALFREDO PEREZ y IRENE BOLIVAR, emanada de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Pastora Departamento Libertador Distrito Federal, de fecha 24-12-1955, bajo el N° 253,
El Tribunal mediante auto de fecha diecisiete (17) de marzo de dos mil quince (2015), admitió la solicitud y ordenó la evacuación de los testigos a la hora de las 09:00 am para el día 25-03-2015.


CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
PRIMERA: Mediante Resolución Nº 2009-006, de fecha 18 de Marzo de 2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y Publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha dos (02) de abril de 2009 de la República Bolivariana de Venezuela, se modificó la competencia y la cuantía de los Tribunales de Municipios, atribuyéndosele con carácter exclusivo y excluyente la competencia para hacer la declaratoria de que habla el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDA: En fecha 25 de febrero del año dos mil quince (2015), se oyeron las declaraciones de los ciudadanos MARIA MANUELA FERREIRA DE AGUILAR, CARMEN MARIA LEON DE REYES y MARIA ROSARIO RAMONES DE WU, venezolanos portadores de las cedulas de identidad Nos. V-14.868.965, V-4.433.043 y V-10.697.116, quienes afirmaron que conocen a la solicitante, conocieron al de cujus y le consta que la solicitante es su Única y Universal Heredera. Declaraciones estas que este Tribunal le da pleno valor, conforme lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECLARA.-
TERCERA: Promueve la parte solicitante los siguientes documentos acta de Defunción del ciudadano VALENTIN ALFREDO PEREZ, acta de matrimonio de los ciudadanos VALENTIN ALFREDO PEREZ y IRENE BOLIVAR, cuyos datos da por reproducido este Tribunal. Estos documentos son demostrativos del fallecimiento del de cujus VALENTIN ALFREDO PEREZ y por afinidad existente entre el de cujus y la ciudadana: IRENE BOLIVAR DE PEREZ por tratarse estos de documentos públicos establecidos en el artículo 1357 del Código Civil, este Tribunal les asigna el valor probatorio que se desprende del artículo 1359 Eiusdem. ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del de cujus VALENTIN ALFREDO PEREZ de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de la ciudadana: IRENE BOLIVAR DE PEREZ, portadora de la cedula de identidad Nos. V-2.980.492, sin perjuicio de terceros.
PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda,, en Guarenas, ocho (08) de abril de dos mil quince (2015). Años: 204° de la Independencia y 156° de la Federación.-
LA JUEZ PROVISORIO

Abg. WENDY MARTINEZ LONGART
EL SECRETARIO TEMPORAL.

Abg. LUIS ENRIQUE PULIDO

En fecha 08/04/2015, siendo las 10:30 A.M., se publicó la anterior sentencia.-
EL SECRETARIO TEMPORAL.

Abg. LUIS ENRIQUE PULIDO
SOLICITUD N° 10997
WML/LEP/dennys