REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA. Los Teques, seis (06) de agosto de dos mil quince (2015).-
205° y 156°
Por cuanto en fecha trece (13) de julio de 2015, la Dra. LILIANA GONZÀLEZ, tomó posesión del cargo como Jueza Provisoria de este Despacho, se ABOCA al conocimiento de la presente causa. Vista la diligencia de fecha 05 de los corrientes, suscrita por las abogadas MARILBA FORD e ISABEL ORELLANA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 133.190 y 101.647, respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas judiciales de la parte actora y demandada, respectivamente, mediante la cual exponen: “(…) Solicitamos una nueva suspensión de la presente causa (…) ya que aún el trámite del condominio del inmueble no ha sido culminado. Dicha prorroga la solicitamos por tres (3) meses contados a partir de la presente fecha, (…) Dejamos constancia que el ciudadano Jesús Raposo, designado como partidor esta en conocimiento de esta prórroga. (…)”. Este Tribunal con vista al planteamiento formulado por las partes al respecto DISPONE: De conformidad con lo establecido en el Parágrafo Segundo del artículo 202 del Código de Procedimiento Civil, y a solicitud de las partes, se SUSPENDE el curso de la presente causa por un lapso de tres (03) meses contados a partir del 05 de agosto de 2015, hasta el 05 de noviembre de 2015, dejándose constancia de que la misma se reanudará el día de despacho siguientes al vencimiento de la suspensión sin necesidad de notificación de las partes y así se establece.
LA JUEZ,


Dra. LILIANA GONGÁLEZ.
LA SECRETARIA


ABG. YUSETT RANGEL
LG/YR/DRB
Exp. N° 20.498.