REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO LOS SALIAS CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 10 de agosto de 2015
205° y 156°
Revisado como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana ANA DACIL GALVAN PÉREZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 10.279.945, asistida por la abogada Marilin Cabral de Fortino, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 162.282; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos ANA DACIL GALVAN PÉREZ, JULIAN RICARDO GALVAN PÉREZ, JORGE GALVAN PÉREZ, JEANCARLOS GALVAN LANDONI y DANIELA CAROLINA GALVAN LANDONI, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros 10.279.945, 6.556.377, 6.843.197, 17.808.636 y 17.808.637, respectivamente; en su carácter de causahabientes quienes en su orden son hijos (los tres primeros) y nietos (los dos últimos), en su carácter de causahabiente del ciudadano JULIAN GALVAN AFONSO, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 1.736.006, quien falleció en fecha 27 de enero de 1997, tal como se desprende de Acta de Defunción Nº 8, folio 8, emitida por el Registro Civil del Municipio Los Salias del estado Miranda; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
Asimismo, vista la solicitud de copias certificadas, este Tribunal acuerda expedir dos (02) juegos de copias certificadas de la totalidad del presente expediente, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR
EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
MAIKEL MEZONES I.
Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO
Expediente N°: S-2015-224
LCH/MMI/mmd