REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO LOS SALIAS CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA


San Antonio de Los Altos, 6 de agosto de 2015
204° y 156°


Revisado como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana MICHELINA CAFARO de GARCÍA, de nacionalidad Italiana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro E-941.284, asistida por el abogado José Requena Álvarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 105.972; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos MICHELINA CAFARO de GARCÍA, MARICARMEN GARCÍA CAFARO y JOSÉ RAFAEL GARCÍA GAFARO, de nacionalidad Italiana la primera y venezolana los siguientes, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros E-941.284,
V-16.148.466 y V-16.148.453, respectivamente; en su carácter de causahabiente del ciudadano RAFAEL SERVANDO GARCÍA ALMEIDA, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad
N° 6.472.508, quien falleció en fecha 9 de marzo de 2015, tal como se desprende de Acta de Defunción Nº 536, folio 036, emitida por el Registro Civil Parroquia San Bernardino del Municipio Libertador del Distrito Capital; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
Asimismo, vista la solicitud de copias certificadas solicitadas, este Tribunal las acuerda por ser procedente y ordena el desglose y devolución de los documentos originales insertos en la presente solicitud, previa su certificación; y se acuerda expedir por Secretaria dos (2) juegos de copias certificadas de la totalidad del presente expediente, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase
LA JUEZA TITULAR

EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ

MAIKEL MEZONES I.

Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.


EL SECRETARIO



Expediente N°: S-2015-067
LCH/MMI/mmd