TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTOBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CUA, ACTUANDO EN FUUNCIONES DE CONTROL EN EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES.
CUA, (10) DE AGOSTO DEL 2015.-
205° y 156°
SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL
EXPEDIENTE Nº 1897-15.-
JUEZ: Dra. JOSEFINA GUTIERREZ.
IMPUTADO: E.M.J.J. (conforme al articulo 65 de la LOPNNA).
VICTIMA: GUERRA PALACIOS GERCI ELIEZER (OCCISO).
FISCAL: Abg. ZULAY GOMEZ MORALES. Fiscal 17mo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Visto el escrito presentado por la Abg. ZULAY GOMEZ MORALES, en su carácter de Fiscal 17ma del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, mediante el cual solicita el Sobreseimiento Provisional, actuando de conformidad con lo dispuesto en el articulo 285, numeral 4 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, articulo 45 numerales 2 y 7 de la Ley Orgánica del Ministerio Publico en concordancia con los artículos 111 numeral 7, articulo 561 literal “E”, articulo 562 y articulo 650 literal C de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en la causa seguida al joven adulto E.M.J.J. (conforme al articulo 65 de la LOPNNA), por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, este Tribunal para decidir observa:
PRIMERO
LOS HECHOS
“…El día 26 de noviembre de 2008 se dio inicio a la presente investigación por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Subdelegacion Ocumare del Tuy, mediante trascripción de novedades se presenta el ciudadano de nombre PALACIOS RAMIREZ CARLOS JAVIER, titular de la cedula de identidad numero 12.820.740, de 34 años de edad, informando que en el Hospital Clínico Universitario de Caracas, se encuentra el cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino, presentando heridas presuntamente producidas por el paso de proyectiles disparados por arma de fuego, quien es su sobrino y desconoce mas detalles al respecto.
En tal sentido, visto los hechos acaecidos el Ministerio Público dio la respectiva orden de inicio de investigación, comisionando para la practica de diligencias el Cuerpo de investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub. Delegación Ocumare del Tuy, quien realizo las primeras pesquisas, obteniendo de las mismas que figuran como uno de los presuntos AUTORES el entonces adolescente: ESPINOZA MORALES JORDAY JOSE...”. (Narración realizada por la Vindicta Publica). Folio Nº 2.
SEGUNDO
FUNDAMENTO DE DERECHO
En fecha 26 de noviembre de 2008, se dio inicio a la investigación por ante la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Publico de la Circunscripción judicial del Estado Miranda, donde quedo identificada con la nomenclatura 15-F17-0118-09, en virtud de la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS.
Ahora bien, una vez concluida la investigación y recabados los elementos de convicción hasta la presente fecha, le resultan insuficientes al Ministerio Publico para fundarse un criterio claro en cuanto a las circunstancias en que ocurrieron los hechos del día 26-11-2008 y hasta la fecha han transcurrido mas de SIETE (07) AÑOS.
En tal sentido, se desprende que hasta los momentos no ha sido posible recabar los elementos de convicción inherentes a la naturaleza del delito que permitan a la Vindicta Pública ejercer con base cierta la acción penal correspondiente, y sostenerla durante las subsiguientes etapas del proceso.
Asimismo, la Representación Fiscal estima que hasta la fecha no consta en autos la pluralidad de elementos necesarios para comprometer la responsabilidad del joven adulto imputado y proceder a su enjuiciamiento, ya que las resultas de las diligencias de investigación practicadas son insuficientes y no existiendo la posibilidad inmediata de incorporar nuevos elementos a la investigación que permitan el ejercicio de la acción, lo procedente es solicitar el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo establecido en el articulo 561 Literal “e”, articulo 562 y articulo 650 literal “c” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
TERCERO
DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTOBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CUA, ACTUANDO EN FUUNCIONES DE CONTROL EN EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL DE LA PRESENTE CAUSA, seguida contra el joven adulto E.M.J.J. (conforme al articulo 65 de la LOPNNA), de conformidad con lo establecido en el artículo 561 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. ASI SE DECIDE.-
Notifíquese a las partes a las partes.
Regístrese, diarícese y déjese copia debidamente certificada por la Secretaria de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en el TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTOBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CUA, ACTUANDO EN FUUNCIONES DE CONTROL EN EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES, a los (10) días del mes de agosto del año 2015.
La Juez
Dra. Josefina Gutiérrez
La Secretaria
Abg. Llasmil Colmenares
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.
La Secretaria
Abg. Llasmil Colmenares
EXP: 1897-15.-
JG/Pao.-
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