EZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGION LOS ANDES
205° Y 156°

En vista de que en fecha 30 de julio de 2015 la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó sentencia bajo el Nro. 00905, en la que ordenó lo siguiente:

1- SE REPONE la causa al estado de admisión del recurso contencioso tributario incoado por la sociedad mercantil CIRO SANCHEZ Y CIA. DIEZ CON DIEZ, SA.
2- SE ORDENA remitir las presentes actuaciones al tribunal a quo para que una vez admitida la causa, continúe con su tramitación y emita el pronunciamiento definitivo correspondiente.

En fecha 08/10/2015 se notifico al recurrente F- 890
En fecha 27/11/2015 se notificó a la República F-894, de la reanudación de la causa.
Estando en la oportunidad procesal correspondiente para la admisión este tribunal observa que no existe prohibición legal de admitir el recurso; su conocimiento no compete a otro tribunal; no se han acumulado recursos que contengan conceptos ofensivos o irrespetuosos, por tal razón debe necesariamente admitirse el recurso tal como lo indica expresamente la dispositiva de la presente decisión, y así se decide.

II

ESTE TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION LOS ANDES EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ADMITE EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO:


INTERPUESTO POR: La Sociedad Mercantil “CIRO SÁNCHEZ Y CIA. DIEZ CON DIEZ S.A. inscrita en el registro de información fiscal J030056287-5.
EN CONTRA DE:
Las Resoluciones Nros SNAT/INTI/GRTI/RLA/DJT/ARA/2011- E-248, SNAT/INTI/GRTI/RLA/DJT/ARA/2011- E-336 Y SNAT/INTI/GRTI/RLA/DJT/ARA/2011-E-410 de fechas 29/07/2011, 30/09/2011 y 30/11/2011 emitidas por la gerencia General de Tributos Internos de la Región los Andes.

En virtud de que no hubo oposición al día siguiente a partir de la publicación de esta sentencia se abre el lapso de promoción de pruebas de conformidad con lo establecido en el artículo 275 del De Ley Del Código Orgánico Tributario De 2014. Cúmplase.
Dada, sellada y refrendada en la sede del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes con sede en San Cristóbal Estado Táchira, a los (08) días del mes de Diciembre del año (2015). Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Cúmplase.-



ANA BEATRIZ CALDERÓN SÁNCHEZ
JUEZ TITULAR
WENDY MONCADA
LA SECRETARIA



De conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto con Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la República se ordena notificar al Procurador General de la Republica .Se Libro Oficio 1054-15

Exp. 2622
ABCS/Gisela