REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Los Teques, 08 de Diciembre de 2015.
201° y 152°
De la revisión de las actas procesales, se observa que mediante diligencia de fecha 18 de Noviembre de 2015, suscrita por la ciudadana YOLIMAR RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.881.893, actuando en su carácter de parte oferida, asistida por el Abogado ALFREDO REY REY, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 27.606, recibió cheque de gerencia Nº 04918403 del Banco Exterior de la cuenta Nº 01150049-86-2120210100, por la cantidad de Bs. 228.170,97. Ahora bien, retirado como fue el Cheque de Gerencia, por parte de la ciudadana YOLIMAR RODRÍGUEZ, en su carácter de parte oferida, este Juzgado homologa el acuerdo de pago ofrecido, quedando a salvo el derecho de la parte oferida de reclamo de las diferencias derivadas del vinculo laboral, y en consecuencia, da por terminado el presente procedimiento, y ordena el cierre del presente expediente y su remisión al archivo judicial. CÚMPLASE.-
EDINET J. VIDES ZAPATA
LA JUEZ
ISBELMART CEDRÉ TORRES
LA SECRETARIA
Nota: en la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA
EXP. Nº. 15-0362
EVZ/ICT/JG