REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA








JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

San Antonio de Los Altos, 18 de diciembre de 2015

205° y 156°



Vista la solicitud y documentación presentadas por la ciudadana HELVITA LÓPEZ de CARPINTERO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad NRO 10.826.913, asistida por la abogada Ana Marlene Mora, inscrita en el Inpreabogado bajo el
Nº 73.863, y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados por los solicitantes; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana HELVITA LÓPEZ de CARPINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 10.826.913, sobre las mejoras y bienhechurías constituidas por una (1) casa, constante de dos (2) plantas, el área total de construcción es de aproximadamente TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS
(398,00 Mts2). Que en la presente declara la solicitante haber construido sobre una Parcela distinguida con el Nro. 12, ubicada en el Parcelamiento Residencial San Antonio, en lugar denominado Quintana, en San Antonio de Los Altos, Jurisdicción del Municipio Los Salias del estado Bolivariano de Miranda, que le pertenece según consta de Documento de Propiedad debidamente protocolizado ante la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Los Salias del estado Miranda, en fecha dieciséis (16) de septiembre de mil novecientos noventa y seis (1996), quedando inscrito bajo el Número 19, tomo 9, Protocolo Primero; documento de aclaratoria protocolizado ante la Oficina de Registro Público del Municipio Los Salías del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha veintinueve (29) de enero de mil novecientos noventa y nueve (1999), quedando inscrito bajo el Número 35, Tomo N° 01, Protocolo Primero y posterior Aclaratoria Protocolizada ante la Oficina de Registro Público del Municipio Los Salías del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha seis (6) de agosto de dos mil quince (2015), quedando inscrito bajo el Número 18, Tomo 11, Protocolo de Transcripción, folio 200. Que el referido lote de terreno tiene una superficie aproximada de UN MIL OCHENTA METROS CUADRADOS (1.080,00 mts2), cuyos linderos y medidas constan en autos, y se encuentra aforado por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del estado Miranda bajo el Nº 0014011.
Devuélvase al solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA TEMPORAL,
EL SECRETARIO TITULAR

BEYRAM DÍAZ MARTÍNEZ
MAIKEL MEZONES I.



Se deja constancia que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO





Expediente Nº: S-2015-313
BDM / MMI /mmd